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El pinchazo de la burbuja inmobiliaria provocó que muchos vendedores tuvieran que hacer ventas a pérdidas de sus inmuebles.
Más de 10.000 almerienses, afectados por la anulación de la plusvalía a pérdidas

Más de 10.000 almerienses, afectados por la anulación de la plusvalía a pérdidas

Los ayuntamientos de Almería estudian la sentencia y sopesan habilitar vías de reclamación que no supongan una avalancha

Miguel Cárceles

Viernes, 19 de mayo 2017, 03:42

La tostada siempre cae por el lado de la mantequilla. O no. Este caso es la excepción. La anulación por parte del Tribunal Constitucional del impuesto de plusvalía en aquellos casos en los que el vendedor del inmueble incurrió en pérdidas amenaza con una avalancha de reclamaciones en los ayuntamientos almerienses, pero también con una recuperación masiva de lo que, según ha dictaminado la justicia, es suyo.

Más de 10.400 expropietarios de la provincia estarían afectados por la sentencia del Constitucional, dada a conocer el miércoles, y que anula la plusvalía municipal cuando el vendedor pierde dinero con la transacción. Es la estimación realizada por la mercantil Tinsa, una de las tasadoras oficiales más reconocidas del país, y se refiere al número de personas que se vendieron sus inmuebles en Almería con un valor inferior al de la adquisición en los últimos años, tras el estallido de la burbuja.

La estimación tiene en cuenta el número de transmisiones de viviendas realizadas entre 2013 y 2016, que es el periodo recurrible -tras pasar cuatro años se considera prescrito- así como el periodo medio que los inmuebles han estado en manos de sus propietarios, una de las variables cruciales para la determinación del impuesto. Del cruce de esta información con la evolución del valor medio en cada una de las provincias españolas, Tinsa obtiene el número aproximado de viviendas afectadas: más de 10.000 en Almería.

El Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU), conocido como la plusvalía, es un tributo estatal aunque lo cobran los ayuntamientos para gravar el aumento del valor que experimenta el suelo cuando cambia de propietario. Únicamente afecta a los bienes de naturaleza urbana, no los de naturaleza rústica, y sólo tributa el valor del suelo, no el de la construcción. Cuando se trata de una transmisión a título oneroso (compraventa), el impuesto lo tiene que abonar el vendedor, mientras que en el caso de transmisiones a título lucrativo (herencias o donaciones) corresponde al adquirente.

La sentencia no afecta a todos los casos. Sólo en aquellos en los que el valor de venta es inferior al de compra, una situación muy extendida en la provincia de Almería, de las más afectadas por el pinchazo de la burbuja inmobiliaria. Hasta el momento, los vendedores debían abonar el impuesto -que supuestamente grava el incremento del valor del suelo- pese a que en la transmisión hubieran perdido valoración debido al desplome de los precios de mercado en el sector inmobiliario.

Sin embargo, con la sentencia de ayer comienza un doble calvario: el de los afectados en su reclamación y el de los ayuntamientos en su resolución. En el segundo de los casos, los consistorios están a la expectativa, consultando con sus gabinetes jurídicos y esperando respuestas de la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP), revelaron algunos gobiernos locales de Almería. Al no ser un caso aislado, tiran de paciencia para encontrar una metodología común aplicable a todo el Estado. La FEMP ha anunciado que a final de mes dará a conocer un borrador de reforma de la plusvalía para entregarlo al Ministerio de Hacienda. Ambos organismos trabajan en la determinación de un protocolo ante la avalancha de recursos que podría pasar por la habilitación de vías específicas.

La devolución de la plusvalía provocará un problema económico en muchos ayuntamientos. El Ayuntamiento de Almería, por poner un ejemplo, recaudó 7,84 millones de euros en el último ejercicio cerrado (2015) por la plusvalía, 3,54 millones El Ejido y 1,5 millones Roquetas de Mar. La devolución obligará a los servicios de Hacienda municipales a tener que hacer un 'tetris' contable, pero también a muchos gobiernos locales a tener que desechar proyectos de inversión pública en cartera.

Desde la asociación de consumidores Facua alertaron ayer de que también tienen derecho a recuperar la cuantía abonada por el impuesto quienes lo pagaron tras perder su inmueble como consecuencia de un embargo o al acordar con el banco la dación en pago porque no podían abonar la hipoteca. Algunos ayuntamientos modificaron sus ordenanzas tributarias bonificando el impuesto a personas que habían sufrido un desahucio o que habían acordado la dación en pago, pero no todos.

Algunos despachos de abogados ya trabajan en asesorar a los afectados en lo que ya se considera en algunos círculos legales como las nuevas 'cláusulas suelo', una situación desbordada de afectados necesitados de especialistas en Derecho. También las asociaciones de consumidores, que amenazan ya con demandas por doquier.

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