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Jóvenes en el botellódromo de Granada durante una macrofiesta en este recinto.
La nueva ley prohíbe el botellón hasta en el botellódromo

La nueva ley prohíbe el botellón hasta en el botellódromo

Hoy entra en vigor la norma de seguridad ciudadana que sanciona el consumo de alcohol en la vía pública con multas de hasta 600 euros cuando altere gravemente el descanso vecinal

José Ramón Villalba

Miércoles, 1 de julio 2015, 11:25

Hoy comienza a aplicarse la nueva Ley orgánica de Seguridad Ciudadana popularmente conocida como 'Ley Mordaza'. La letra de la nueva norma puede sonar bien a una ciudad como Granada, donde el problema del botellón ya ha cumplido la mayoría de edad y se arrastra desde hace veinte años. El artículo 37, apartado 17, de la nueva norma califica como infracción leve sometida a una sanción económica comprendida entre los 100 y 600 euros: «El consumo de bebidas alcohólicas en lugares, vías, establecimientos o transportes públicos cuando perturbe gravemente la tranquilidad ciudadana».

Esta nueva ley da competencias a los agentes de la autoridad para sancionar a toda aquella persona que practique botellón, siempre y cuando altere el descanso vecinal, allá donde se registre el problema. El botellódromo puede dejar de ser un paraíso del alcohol donde está permitido el consumo las 24 horas. La nueva ley pone coto a los botellódromos, permitiendo sancionar a todo aquel que se encuentre en estos recintos consumiendo bebidas alcohólicas siempre y cuando perturbe el descanso de los vecinos; esa es la clave. El Estado puede engordar sus arcas en macrobotellones como el de la fiesta de la primavera o los de inicio de curso.

La nueva concejala de Movilidad y Seguridad Ciudadana, María Francés, asegura que de momento se está estudiando a fondo la nueva norma para saber cómo compatibilizarla con la ordenanza municipal que regula el uso del botellódromo en la capital granadina. «No podemos pronunciarnos aún de forma definitiva sobre este asunto. Vamos a ver qué nos dicen los asesores y después actuaremos».

La plataforma vecinal antibotellón sí ha recibido la nueva norma con los brazos abiertos. «La nueva ley viene a dar un apoyo más a los ocho o diez mil vecinos que vivimos cerca del botellódromo. Con la ley en la mano, las pesadillas que venimos sufriendo desde hace más de una década se deben terminar de una vez por todas. No sólo no descansamos, sino que sufrimos los destrozos de mobiliario, los orines en nuestros portales, los coches con la música alta... todo un calvario», denuncia José Jiménez, portavoz de esta plataforma vecinal.

La popularmente conocida como Ley Antibotellón de la Junta de Andalucía 7/2006, que entró en vigor en octubre de 2006, permitía a los ayuntamientos crear espacios habilitados para el botellón y sancionar por consumir alcohol fuera de estos recintos. Ahora no. La nueva Ley de Seguridad Ciudadana sanciona a quienes beban también en estas instalaciones.

El Ayuntamiento de Granada inauguró el actual recinto del botellódromo para celebrar las cruces del año 2007. Esa fue la puesta de largo de un recinto de 9.000 metros que se han convertido en una pesadilla para los vecinos del entorno y en un lunar en el cartel publicitario de Granada.

«No sé qué va a ocurrir con este espacio hasta que la nueva ley comience a funcionar y veamos cómo se va aplicando», sentenció ayer la edil María Francés. «Nosotros no hemos querido entrar en polémica cuando hemos tenido ocasiones suficientes para hacerlo. El pasado 4 de mayo mantuvimos una reunión con el alcalde para exponerle todos los problemas que venimos sufriendo desde hace más de una década. Problemas que aún no hemos visto resueltos y seguimos esperando soluciones para ellos», advierte José Jiménez.

En el primer borrador de la nueva Ley de Seguridad Ciudadana, esta infracción por la práctica del botellón aparecía tipificada como grave, posteriormente fue rebajada al nivel de leve con las consabidas sanciones de 100 a 600 euros. Las personas sancionadas podrán acogerse al prontopago. Una vez realizado el abono voluntario de la multa dentro del plazo de quince días contados desde el día siguiente al de su notificación, se tendrá por concluido el procedimiento sancionador con las siguientes consecuencias: la reducción del 50% del importe de la sanción de multa, la renuncia a formular alegaciones. En el caso de que fuesen presentadas se tendrán por no efectuadas. Y la terminación del procedimiento, sin necesidad de dictar resolución expresa, el día en que se realice el pago, siendo recurrible la sanción únicamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo.

Este tipo de infracciones prescribirán a los doce meses, computados desde el día siguiente a aquel en que adquiera firmeza en vía administrativa la resolución por la que se impone la multa. En cuanto a los autores de las conductas tipificadas como infracciones, se exime de responsabilidad a los menores de catorce años, en consonancia con la legislación sobre responsabilidad penal del menor. Asimismo se prevé que cuando sea declarado autor de los hechos cometidos un menor de dieciocho años no emancipado o una persona con la capacidad modificada judicialmente responderán solidariamente con él de los daños y perjuicios ocasionados sus padres, tutores, curadores, acogedores o guardadores legales o de hecho. En el caso de los menores de 14 años, la autoridad deberá ponerlo en conocimiento del fiscal de menores.

Ejecución

El portavoz de la plataforma de afectados por el botellón explica que con la actual normativa, tanto la ordenanza municipal como la ley autonómica antibotellón, se había podido cerrar ya el botellódromo y acabar con este problema. «Nosotros sólo pedimos el cumplimiento de las normas y para la nueva ley de seguridad ciudadana exigimos lo mismo. Cumplir con la ley puede ser el camino más corto para acabar con este problema que tantos años y tantos vecinos venimos sufriendo», concluye José Jiménez.

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