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ideal.es
Domingo, 29 de noviembre 2015, 13:43
Desde el año 2014, el Gobierno francés prohíbe que los trabajadores de la administración pública "muestren sus creencias religiosas en público". De esta ley se deduce la prohibición de llevar "símbolos ostentosos religiosos", entre los que se incluiría, presuntamente, el velo islámico. Esta prohibición fue extendida a los escolares e, incluso, a los padres que quisieran acompañar a sus hijos en los viajes escolares.
El caso de la trabajadora social Christiane Ebrahimian, que rehusó quitarse el velo en un hospital Nanterre y fue despedida por las quejas recibidas de los pacientes, ha dado mucho que hablar a lo largo del último año, pero la resolución final es clara.
Después de que se ejecutara su despido, Christiane llevó su caso a los tribunales y el pasado jueves el Tribunal Europeo de Derechos Humanos concluyó con que no hubo violación del derecho a la libertad de religión cuando el hospital le negó la renovación del contrato.
De esta forma, después de varias sentencias contrarias, la demandante decidió llevar el caso al Tribunal Europeo de los Derechos Humanos en octubre del 2011. Cuatro años después, el Tribunal falla, como lo hicieron los franceses, en su contra.
Así, el Tribunal Europeo de los Derechos Humanos ha respaldado con esta sentencia la decisión de la justicia francesa, que otorgó en su momento mayor importancia a la defensa del carácter secular del Estado que a los derechos individuales de la demandante.
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