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Protesta contra Ley de Seguridad Ciudadana a las puertas del Congreso el pasado día 12 de junio.
Cinco cosas que la 'Ley Mordaza' nos prohíbe hacer desde hoy

Cinco cosas que la 'Ley Mordaza' nos prohíbe hacer desde hoy

Pese al rechazo de todos los partidos de la oposición y la denuncia de diversas organizaciones internacionales como Amnistía Internacional, hoy entrará en vigor la ley más polémica de los últimos años

IDEAL.ES

Miércoles, 1 de julio 2015, 01:03

Hoy martes entra en vigor la la nueva Ley de Seguridad Ciudadana que, más conocida como Ley Mordaza , implantará una batería de nuevas medidas no exentas de polémica, debido al rechazo frontal que se ha sentido desde todos los frentes de la oposición y un amplio grupo de movimientos sociales.

Muchas de estas medidas han sido creadas tomando como referencia el comportamiento habitual de algunas organizaciones como Greenpeace o la PAH, que ven como sus modus operandis y prácticas habituales quedarán fuera de la legalidad a partir de este día 1.

Pese a todo, el gobierno a conseguido sacarla adelante y por eso al ciudadano le conviene saber cuáles serán algunas de las cosas que desde este miércoles estarán prohibidas:

1. Prohibido manifestarse junto al Congreso y el Senado: será infracción cualquier "perturbación grave de la seguridad ciudadana" que se produzca frente a las sedes del Congreso, el Senado y los parlamentos autonómicos, aunque nuestros representantes no estén reunidos en ese momento.

2. Prohibido fotografiar a policías: la Ley Mordaza sanciona el uso no autorizado de imágenes o datos personales o profesionales de policías que pueda poner en peligro la seguridad personal o familiar de los agentes, de las instalaciones protegidas o en riesgo el éxito de una operación.

3. Prohibido parar un desahucio: la nueva Ley de Seguridad Ciudadana permitirá a la policía sancionar a aquellos que obstruyan a cualquier autoridad, empleado público o corporación oficial en el cumplimiento o la ejecución de acuerdos o resoluciones administrativas o judiciales".

4. Prohibido protestar en las alturas: los agentes multarán el escalamiento de edificios o monumentos sin autorización cuando exista un riesgo cierto de que se ocasionen daños a las personas o a los bienes con independencia de que se produzca alteración del orden público o daño a la seguridad ciudadana, cuando bajo criterio de la autoridad policial presente exista un riesgo.

5. Prohibidas la resistencia pacífica y las sentadas: la nueva normativa otorga a la policía la capacidad de multar a quienes se nieguen a disolver reuniones y manifestaciones en lugares públicos una vez lo ordene "la autoridad competente".

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