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Miércoles, 8 de noviembre 2017, 09:23
La nueva Ley de Autónomos permitirá a los trabajadores por cuenta propia deducirse hasta 6.400 euros anuales en dietas en el IRPF (un máximo de 26,67 o 48 si se gastan en el extranjero), aunque será imprescindible que el importe se realice en soporte telemático para que pueda ser comprobado y que el gasto se produzca en días laborables, únicamente en establecimientos de restauración y hostelería.
En cuanto a la deducibilidad de los gastos de suministro la vivienda (luz, agua, Internet…) para aquellos autónomos que trabajen desde casa, el Ministerio puntualiza que deberán imputarse a la actividad en proporción a la parte que se acredite que está destinada al desarrollo del trabajo. Las amortizaciones, IBI y comunidad de propietarios, entre otros gastos propios de la titularidad de la vivienda, sí podrán ser deducidos.
Así, la modificación de la ley establece un porcentaje para calcular esa parte de los gastos que se destinan a la actividad profesional. Un porcentaje que resulta de aplicar el 30% a la proporción de los metros cuadrados de la vivienda destinada al trabajo, con respecto a la superficie total. De esta forma, si la vivienda tiene 100 metros cuadrados, el trabajador utiliza 40 para realizar sus tareas profesionales y los gastos ascienden a 5.000 euros anuales, se deberá realizar la siguiente operación:
- 40 m cuadrados / 100 m cuadrados = 40%
- Porcentaje de deducción = 30% x 40% = 12%
- Gastos deducibles: 5.000 euros x 12% = 600 euros
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