C.L.
Lunes, 14 de octubre 2024, 16:38
Estamos en pleno otoño pero hay trabajadores que ya miran de reojo el calendario laboral de 2025. Y, en ese sentido, los festivos que aguardan una vez que entre el año nuevo, tanto a nivel nacional (1 y 6 de enero, Jueves y Viernes Santo, 1 de mayo, 15 de agosto, 12 de octubre, 1 de noviembre 6 y 8 de diciembre y 25 de diciembre).
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En el caso de Andalucía, además, figura el 28 de febrero, día de la Comunidad. Además, figuran las festividades locales, que suman dos por municipio.
Pues bien, el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía ha hecho públicas las fechas festivas que corresponden a cada localidad, distribuidas por provincias. Son días inhábiles para el trabajo, retribuidos y no recuperables.
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Legislación
En el artículo 45 del Real Decreto 2001/1983, de 28 de julio, sobre regulación de la jornada de trabajo, jornadas especiales y descansos, quedan establecidas las fiestas laborales de ámbito nacional, de carácter retribuido y no recuperable.
En el artículo 46 del mencionado Real Decreto, se determina que serán también inhábiles para el trabajo retribuidos y no recuperables, hasta dos días de cada año natural con carácter de fiestas locales que por tradición le sean propias en cada municipio, determinándose por la autoridad laboral competente –a propuesta del Pleno del Ayuntamiento correspondiente–.
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