europa press
Viernes, 9 de abril 2021, 16:03
El mismo día que la Junta avisa sobre las medidas tras el estado de alarma, la Consejería de Salud y Familias ha introducido una serie de modificaciones en relación al Consejo de Alertas de Salud Pública de Alto Impacto, el conocido como comité de expertos que asesora al Gobierno andaluz ... en la pandemia de Covid-19, entre las que figuran que la presidencia de dicho órgano recaerá ahora en el propio presidente de la Junta --y no en el titular de la Consejería de Salud, como hasta ahora--, así como que se elegirá como portavoz del mismo a una persona «de reconocido prestigio en materia de salud pública».
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Así se recoge en el Decreto 133/2021, de 6 de abril, por el que se modifica el Decreto-ley 22/2020, de 1 de septiembre, por el que se establecen con carácter extraordinario y urgente diversas medidas ante la situación generada por el coronavirus (Covid 19), de conformidad con la habilitación contenida en la disposición final cuarta del mismo, tras su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) de este viernes, 9 de abril.
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Este nuevo decreto modifica el 22/2020, de 1 de septiembre, con el que se creó el Consejo de Alertas de Salud Pública de Alto Impacto como «órgano colegiado, de naturaleza decisoria y de participación administrativa, adscrito a la Consejería con competencias en materia de salud y dependiente orgánicamente de la persona titular de la misma, para la gestión y coordinación de situaciones de alerta de alto impacto de salud pública en Andalucía y el impulso de las actuaciones conjuntas que se desarrollen con el objeto de hacer frente a las mismas».
Mediante la modificación de la composición del también conocido como comité de expertos establecida en el decreto publicado este viernes se establece que la Presidencia del Consejo será ocupada por la persona titular de la Presidencia de la Junta de Andalucía, se modifican la convocatoria y funciones del Consejo, se perfilan algunas de las características de las vocalías que integran su composición y se dispone que la portavocía del Consejo recaerá en una persona «de reconocido prestigio en materia de salud pública», según detalla el propio decreto.
Desde la Junta se argumenta en esta resolución que «la modificación del Consejo de Alertas de Salud Pública de Alto Impacto viene justificada por una razón de interés general como es la de gestionar el sistema de alertas de salud pública, estableciendo para ello que la Presidencia recaiga en la persona titular de la Presidencia de la Junta de Andalucía, que ostenta la suprema representación de la comunidad autónoma y la ordinaria del Estado en Andalucía y que, asimismo, dirige y coordina la acción del Consejo de Gobierno y de la Administración de la comunidad autónoma, máxime al haber sido designada como autoridad competente delegada durante el vigente estado de alarma».
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Por otro lado, según continúa el decreto, «la necesidad de una continua información transparente hacia la ciudadanía de las medidas propuestas y adoptadas en el seno de este Consejo hace precisa la existencia de una portavocía del mismo».
Asimismo, sostienen desde la Junta que «la diversidad de alertas de alto impacto posibles que pueden afectar a la población andaluza requerirá en muchas ocasiones de intervenciones administrativas con mayor o menor grado de impacto en la economía, así como en la propia sociedad andaluza».
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Por ello «se estima necesario que se posibilite la designación de vocalías de reconocido prestigio competencial en estas materias que puedan aportar una evaluación de la incidencia de las medidas, de la respuesta de la población o de su impacto en la misma, a la vez que permita una mejor elección de aquellas medidas que logren un menor impacto en el ámbito económico o social, con el menor riesgo posible».
En virtud de este nuevo decreto, que entra en vigor desde este viernes tras su publicación en el BOJA, la convocatoria de las reuniones del Consejo de Alertas de Salud Pública de Alto Impacto «se efectuará por la persona titular de su Presidencia, a propuesta de quien ostente la titularidad de su Vicepresidencia primera o su Vicepresidencia tercera».
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Tras esta modificación, el comité de expertos contará con una Presidencia que recae en «la persona titular de la Presidencia de la Junta de Andalucía»; una Vicepresidencia primera que ejercerá «la persona titular de la Consejería competente en materia de salud»; una Vicepresidencia segunda que se asigna a «la persona titular de la Viceconsejería con competencias en materia de salud»; una Vicepresidencia tercera que ocupará «la persona titular del órgano directivo central con competencias en materia de salud pública», y una Vicepresidencia cuarta para «la persona titular de la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Salud» (SAS).
Asimismo, el Consejo de Alertas de Salud Pública de Alto Impacto contará con una serie de vocalías entre «al menos ocho personas que designará la Presidencia del Consejo en función de las diferentes áreas implicadas conforme a la naturaleza de la concreta alerta de salud pública».
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Entre quienes ocuparán esas vocalías figuran «la persona titular de la Dirección Gerencia de la Empresa Pública de Emergencias Sanitarias; una persona, con nivel al menos de jefatura de servicio, con funciones en materia de vigilancia epidemiológica del órgano directivo competente en materia de salud pública; una persona que ocupe, al menos, un puesto directivo o cargo intermedio, con funciones en materia de coordinación de la respuesta asistencial en el Sistema Sanitario Público de Andalucía».
También, «una persona, con nivel al menos de jefatura de servicio, con funciones en materia de protección de la salud del órgano directivo competente en materia de salud pública; una persona en representación de cada Delegación Territorial o Provincial afectada; una persona de reconocido prestigio en materia de salud pública, que ostentará la Portavocía del Consejo y que será designada por la persona titular de la Presidencia«.
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