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Martes, 6 de julio 2021, 20:06
Todo sigue igual en Andalucía salvo por una pequeña modificación. La Junta ha decidido prorrogar las medidas actualmente vigentes en la comunidad autónoma en materia de Salud Pública a propuesta del Comité de Expertos. La única modificación acordada, en la reunión celebrada en ... la tarde de hoy, ha sido la posibilidad de cierre de los establecimientos de hostelería al aire libre hasta las 01.00 horas de la madrugada, sin posibilidad de admisión de nuevos clientes ni servicio desde las 00.00 horas.
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Así pues, los clientes podrán disfrutar de una hora más en las terrazas de los bares y restaurantes de toda Andalucía. Eso sí, no será posible sentarse a partir de las 00.00 horas ni pedir nada
Tal y como ha señalado el consejero de Salud y Familias, Jesús Aguirre, al término de la reunión «esta medida da respuesta a la adaptación de los horarios al periodo estival de Andalucía».
En los municipios con nivel 1 de alerta sanitaria, el aforo máximo permitido en el interior de los locales de hostelería será del 75% y las terrazas al aire libre podrán ser ocupadas en su totalidad. La ocupación de las mesas estará limitada a 8 personas como máximo en interior y 10 en exterior. En este nivel, está permitido el servicio y consumo en barra, así como el servicio de buffet, siempre que se cumpla el distanciamiento debido, así como la señalización de flujos de tránsito y la disposición de geles hidroalcohólicos.
En los municipios instalados en el nivel 2 de alerta sanitaria, el aforo máximo permitido en el interior de los locales hosteleros será igualmente del 75% y las terrazas podrán ser ocupadas en su totalidad. En ellos, en cambio, el límite de personas por mesa es de 6 en espacios interiores y de 8 en el exterior. También estará permitido el servicio y consumo en barra, así como el servicio de buffet, siempre que se cumpla el distanciamiento debido, así como la señalización de flujos de tránsito y la disposición de geles hidroalcohólicos.
En los municipios en los que se aplique el nivel 3 de alerta sanitaria, el aforo en el interior de los locales de hostelería estará limitado al 50%, mientras que las terrazas al aire libre sí podrán ser ocupadas en su totalidad. El cupo máximo de personas por mesa es de 4 en interiores y de 6 en el exterior. Se permitirá el servicio y consumo en barra, así como el servicio de buffet, siempre que se cumpla el distanciamiento debido, así como la señalización de flujos de tránsito y la disposición de geles hidroalcohólicos.
En el nivel de alerta sanitaria más restrictivo de los diferenciados por la Junta, el 4, los establecimientos de hostelería no podrán superar el 30% de su aforo máximo y las terrazas podrán ser ocupadas al 75% de su capacidad. El límite de personas por mesa es, como en el anterior, de 4 en espacios interiores y de 6 en el exterior. Este es el único nivel en el que no se permitirá el consumo en barra ni el servicio de buffet.
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