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J.M.L.
Albacete
Lunes, 21 de octubre 2024, 10:44
El Tribunal Supremo ha pedido el indulto parcial para una mujer que fue condenada a prisión permanente revisable por haber matado a su hijo recién nacido. Los hechos ocurrieron en 2020 cuando la mujer, que trabajaba de camarera en un bar de Albacete, quiso abortar. Debido al estado de alarma y al confinamiento de la población por la pandemia de Covid-19, no pudo hacerlo en circunstancias normales y decidió ingerir un producto abortivo que ya había utilizado en anteriores ocasiones con éxito pues éste era su cuarto embarazo y los tres anteriores habían finalizado en aborto -uno fue un aborto natural y los otros dos voluntarios-.
Sin embargo, la sustancia no logró efecto y el embarazo continuó sin que la mujer, que entonces tenía 28 años de edad y era consumidora habitual de drogas, llevara control médico pues trató de ocultarlo. Finalmente, en octubre de 2020 el parto se aceleró después que tomara de nuevo la sustancia abortiva y dio a luz en los baños del almacén del bar. El niño nació con vida y su madre lo introdujo en una bolsa de basura de la que extrajo el aire antes de hacer un nudo. A continuación metió la bolsa en otra junto con la placenta y la colocó con el resto de bolsas de basura.
El pequeño falleció a los pocos minutos y la mujer sufrió una fuerte hemorragia, por lo que pidió ayuda a un amigo que avisó a una ambulancia. Ya en el Hospital General Universitario de Albacete, negó haber dado a luz pero el equipo médico que la atendió comprobó que estaba mintiendo y puso los hechos en conocimiento de la Policía Nacional que procedió a la detención de la madre.
La Audiencia Provincial de Albacete condenó a la mujer a 20 años de cárcel por un delito de asesinato con la agravante de parentesco pero la fiscalía recurrió y el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha acabó imponiéndole la pena de prisión permanente revisable. La condenada recurrió y ahora el Tribunal Supremo rechaza ese recurso porque considera que la condenada tomó libremente la decisión de acabar con la vida de su hijo pero propone que esa pena sea cambiada por otra inferior a 20 años de prisión al entender que los hechos ocurrieron en «circunstancias límite que condicionaron sus actos».
El Supremo también entiende que la mujer usó el mismo medicamento que en ocasiones anteriores para abortar sin saber que podría estar acelerando el parto, por lo que debería ser condenada por un delito de aborto pero no de asesinato.
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