Casi 920.000 autónomos (concretamente 919.173) van a recibir hoy la prestación extraordinaria por cese de actividad, para lo que el Gobierno dedica 670,9 millones de euros, según los datos publicados hoy por el Ministerio de Seguridad Social. Esta prestación conlleva además la ... exoneración de cuotas a la Seguridad Social de forma temporal.
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A fecha 15 de abril, 1.016.670 trabajadores por cuenta propia han solicitado esta ayuda a las mutuas colaboradoras de la Seguridad Social, que han aprobado el 97,3% de las tramitadas. La prestación tiene una cuantía del 70% de la base reguladora, es decir, un mínimo de 661 euros en el caso de los que cotizan por la base mínima.
Puede acceder a esta ayuda cualquier trabajador por cuenta propia inscrito en el régimen correspondiente que se vea afectado por el cierre de negocios debido a la declaración del estado de alarma o cuya facturación caiga en el mes un 75% respecto a la media mensual del semestre anterior. En el caso de algunos colectivos como el régimen agrario, del mar –con unas actividades muy estacionales- o de la cultura y el espectáculo, el periodo de cálculo se adapta a las peculiaridades de esos sectores.
Para solicitarla no se exige periodo mínimo de cotización, sólo es necesario estar en alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) y hallarse al corriente de pago de las cotizaciones sociales. Además, es compatible con cualquier otra prestación de la Seguridad Social que el solicitante viniera percibiendo, como por ejemplo orfandad o viudedad, y fuera compatible con el desempeño de la actividad que desarrollaba.
Las comunidades autónomas donde se han registrado más solicitudes son Andalucía, con 19,45% del total; Cataluña (15,35%), Valencia (12,85%) y Madrid (12,42%). En términos absolutos, en Andalucía se han tramitado 192.154 solicitudes; en Cataluña, 151.633; y en Valencia, 126.879.
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Por sectores, el mayor número de peticiones se ha concentrado en el sector comercio, con 123.883 peticiones, mientras que le siguen hostelería (112.854) y construcción (68.560).
A los autónomos que, bien se les haya concedido la ayuda después de realizar el trámite administrativo del pago de esta primera mensualidad o la hayan solicitado después del día 17 y paguen la cuota de abril, se les devolverá de oficio por parte de la Tesorería General de la Seguridad Social, en el caso de que sea concedida, según señala el Ministerio.
La ayuda tendrá duración de un mes, ampliándose, en su caso, hasta el último día del mes que finalice el estado de alarma.
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