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El aviso del Banco de España para no pagar comisiones bancarias

Cuando un cliente deja de cumplir las condiciones iniciales pactadas empezará a pagar un mantenimiento de cuenta que antes no era obligatorio

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Martes, 26 de abril 2022, 12:46

El Banco de España advierte sobre una cuestión desconocida para muchos ciudadanos. Cuando alguien va a abrir una cuenta bancaria, una de las primeras cosas en las que probablemente se fija más es en la comisión de mantenimiento y administración. Y es que es importante saber si el banco puede cobrar alguna cantidad periódicamente por los servicios relacionados con tu cuenta. Ya sea por mantenimiento, por sacar dinero o por utilización de tarjetas de crédito.

Según informa el Banco de España en su pçagina web, muchas de las ofertas comerciales de los bancos establecen una serie de condiciones que liberan al cliente de pagar estas comisiones. Puede ser la domiciliación de la nómina, la contratación de otros productos como una tarjeta o un depósito o el mantenimiento de una cantidad mínima de dinero en la cuenta. De esta forma el banco trata de vincularte por si en el futuro necesitas contratar otros productos.

Pero en el momento en que se dejen de cumplir aquellas condiciones inicialmente pactadas, se empezarán a cobrar estas comisiones cuando al principio no se pagaban. También puede suceder que el banco remita una comunicación modificando las condiciones con las que se contrató la cuenta, de forma que cambien los requisitos que hay que cumplir para estar exento de estas comisiones. Si se pasa por alto la comunicación, habrá una sorpresa en forma de cobro.

Este caso es más frecuente de lo que puedes pensar. Además, el importe de la comisión de administración puede llegar a ser alto, ya que se suele calcular según el número de apuntes en un período, es decir, de las veces que hayas sacado dinero de la cuenta, te hayan cargado recibos… puede llegar a ser un buen número. Ten presente además que, en ocasiones, la comisión de mantenimiento puede ser porcentual sobre el saldo medio de la cuenta y no de cuantía fija.

Contratos bancarios

Los contratos de cuenta son contratos sin vencimiento y que suelen tener una vida larga, por lo que está permitido que las entidades modifiquen las condiciones, cambiando, por ejemplo, el importe de determinada comisión o las condiciones de su aplicación. Antes de proceder a las modificaciones, tu banco debe informarte de forma individualizada con al menos dos meses de antelación para que dispongas de un tiempo razonable para valorar los cambios y, en su caso, decidas cambiar tu cuenta a otra entidad si no te interesan las nuevas condiciones (el servicio de traslado de cuentas te facilita este trámite).

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