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Competencia multa a Endesa y Naturgy con 1,2 millones por omitir información en las facturas

Ambas compañías fueron denunciadas por no incluir el QR obligatorio que permite al cliente comparar ofertas y entender su contrato

E. Martínez

Madrid

Miércoles, 5 de febrero 2025, 10:55

Endesa y Naturgy han recibido una multa millonaria. La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha decidido sancionar a las dos compañías eléctricas con 1,2 millones de euros por omitir en sus facturas información importante para sus clientes, según asegura el organismo dirigido por Cani Fernández en un comunicado este miércoles.

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La multa, que ha sido rebajada a 840.000 euros por haber realizado ambas empresas el pago en el periodo voluntario, es la máxima sanción prevista por infracción leve teniendo en cuenta la repercusión sobre los consumidores que tiene este caso en un periodo de tiempo dilatado. Cada comercializadora fue sancionada con 600.000 euros que han logrado reducir a en un 20% en el caso de Endesa (480.000 euros) y en un 40% en el caso de Naturgy (360.000 euros), según confirma la CNMC.

En concreto, el organismo ha sancionado a ambas empresas por no incluir en sus facturas -o hacerlo de forma incorrecta- un comparador de ofertas de gas y electricidad que proporciona la CNMC en forma de QR o link durante un periodo de tiempo. La investigación se inició tras la denuncia de dos particulares.

Este QR incluido de forma obligatoria en todas las facturas permite al cliente ver sus propios datos de consumo y comparar si existen ofertas más económicas en el mercado. Además, le da información sobre la factura para que los ciudadanos entiendan todos los términos que incluye el contrato y los importes.

Desde Naturgy indican a este periódico que las facturas por las que se impone esa sanción se limitan a un plan denominado Cuotas Fijas que comercializaron y suponían menos del 0,3% del total de la cartera de clientes de luz y gas. Además, la eléctrica asegura que desde 2022 ya no ofrece esta modalidad de contratación en su cartera de servicios.

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Contra estas resoluciones puede interponerse recurso contencioso administrativo ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su notificación.

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