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C. L.
Domingo, 13 de abril 2025, 11:04
La excedencia voluntaria es una opción que tienen algunos trabajadores cuando llevan al menos un año en la empresa. La necesidad de cuidar a algún familiar, tener tiempo para estudiar o querer emprender otro proyecto profesional son algunas de las razones más frecuentes para solicitarla.
En ese caso, la empresa no garantiza volver y tener el mismo puesto de trabajo, pero sí se tiene derecho a regresar cuando haya una plaza libre de la misma categoría. Así lo recoge el Estatuto de los Trabajadores. Sin embargo, surgen dudas, sobre todo referentes al hecho de si es posible cobrar el paro durante el periodo de excedencia.
El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) se ha pronunciado al respecto: «Si al pasar a la situación de excedencia voluntaria en su empresa, un trabajador solicita la prestación por desempleo, se le denegará porque no tiene situación legal de desempleo».
No obstante, hay una excepción: si el empleado decide trabajar en otra empresa diferente a la suya y en esta lo despiden, podrá solicitar el paro. Eso sí, la excedencia voluntaria no tendría que haber terminado todavía cuando se produzca la situación de desempleo. Es decir, si la duración de la prestación supera al de la excedencia, cobrará la prestación hasta que finalice dicha excedencia.
En caso de que la empresa no pueda reincorporar al empleado en el momento en que se acabe la excedencia, sí podrá continuar percibiendo la prestación hasta el momento en que se reincorpore a la empresa o la prestación finalice. En cualquier caso, el trabajador tendría que haber solicitado volver a su puesto de trabajo.
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