J.M.
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Sábado, 24 de agosto 2024, 10:04
Se trata de un complemento consistente en una cantidad, que se cobra mensualmente, por cada menor de edad miembro de la unidad de convivencia. Para tener derecho a percibirlo, se establecen unos límites de renta y de patrimonio neto.
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Como explica Andalucía Orienta en su página web, su importe se establece en función del número de menores de edad miembros de la unidad de convivencia, y en función de la edad que tengan el día 1 de enero de cada año, con arreglo a los siguientes tramos:
-115 euros, por cada menor de tres años.
-80,50 euros, por cada mayor de tres años y menor de seis.
-57,50 euros, por cada mayor de seis años y menor de 18 años.
Tienen derecho a este complemento las unidades de convivencia:
1. Que incluyan menores de edad entre sus miembros.
2. Cumplan con los requisitos necesarios para la concesión del Ingreso
3. Cumplan con los límites establecidos respecto a los ingresos computables, patrimonio neto y test de activos para el complemento de Ayuda para la Infancia.
Ingresos computables
Ingresos inferiores al 300% de los umbrales establecidos en la escala de incrementos para el cálculo de la renta garantizada según el tipo de unidad de convivencia.
Para una mayor facilidad, puedes comprobar si tienes derecho a este complemento utilizando el mismo simulador habilitado por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) para saber si tienes derecho a percibir el IMV y al que accederás directamente a través de este enlace. https://imv.seg-social.es/?utm_source=portalInternet&utm_medium=referral&utm_campaign=sess_noticias_actualidad
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Tras responder a unas sencillas preguntas, el simulador te indicará si puedes tener derecho a este complemento, aunque no te corresponda el IMV.
Este complemento de ayuda para la infancia es incompatible con la asignación económica por hijo o menor a cargo sin discapacidad o con discapacidad inferior al 33%; y con las prestaciones o ayudas incompatibles con el Ingreso Mínimo Vital.
¿Cómo solicitar el complemento de Ayuda para la Infancia del Ingreso Mínimo Vital?
Para solicitar este complemento, hay que realizar una solicitud del Ingreso Mínimo Vital por cualquiera de los canales establecidos en el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), en imv.seg-social.es tanto si tienes derecho a percibirlo conjuntamente con el IMV como si lo vas a solicitar de forma independiente.
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