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La Lotería de Navidad está cada vez más cerca. Y como sucede cada año, cuando faltan pocas semanas para el sorteo la expectación aumenta en toda España. Una expectación que también provoca muchas preguntas relativas a las implicaciones fiscales que tendría ser uno de los premiados, sobre todo si se desea compartir el premio.
En el caso concreto de ser uno de los afortunados y querer compartir el premio con los hijos, es importante tener en cuenta que existen ciertas obligaciones tributarias asociadas a esta acción. Cuando un padre ayuda financieramente a sus hijos mediante una donación, que sería lo que ocurriría al compartir un premio de lotería, esta acción se considera a efectos fiscales como una donación.
¿Qué quiere decir esto exactamente? Pues que al hacerlo es necesario pagar el Impuesto sobre Donaciones y Sucesiones. De este modo, quienes quieran dar parte del premio de la Lotería de Navidad a sus hijos si resultan afortunados deberán pagar este tributo si no quieren tener problemas con Hacienda.
En estos casos existen muchas dudas sobre quién debería pagar el impuesto, si los padres o los hijos. En el caso de una donación de dinero, es el donante el que debe abonar el impuesto. Y la cantidad a pagar varía en función de la comunidad autónoma en la que se resida. Muchas comunidades autónomas aplican reducciones fiscales a este tipo de donaciones entre familiares directos.
Sea cual sea el premio, todas las donaciones deben ser declaradas. Sin embargo, la Agencia Tributaria generalmente no persigue las donaciones de cuantías pequeñas. Eso sí, es importante tener en cuenta que Hacienda puede reclamar el impuesto de cualquier cuantía dentro de un plazo de prescripción de cuatro años.
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