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Estos son los motivos por los que los trabajadores podrán ser despedidos con una baja médica. Ideal
Los motivos por los que los trabajadores podrán ser despedidos con una baja médica

Los motivos por los que los trabajadores podrán ser despedidos con una baja médica

Las empresas pueden derogar el contrato con sus empleados incluso durante una incapacidad temporal, de acuerdo con el Estatuto de los Trabajadores

C. L.

Viernes, 14 de febrero 2025, 11:14

Existe la leyenda urbana de que las empresas no pueden despedir a los trabajadores cuando están de baja médica, pero no es un condicionante real. La incapacidad temporal no puede ser motivo de despido en sí mismo, pero el hecho de que un empleado esté de baja no lo hace invulnerable ante un despido, siempre y cuando se cumplan una serie de motivos justificados o condiciones concretas.

En todo caso, la baja médica no puede ser motivo de despido. La reforma introducida por el Real Decreto-ley 4/2020, de 18 de febrero derogó el artículo 52.d) del Estatuto de los Trabajadores que recogía como causa de despido lo siguiente: «Por faltas de asistencia al trabajo, aun justificadas pero intermitentes, que alcancen el veinte por ciento de las jornadas hábiles en dos meses consecutivos siempre que el total de faltas de asistencia en los doce meses anteriores alcance el cinco por ciento de las jornadas hábiles, o el veinticinco por ciento en cuatro meses discontinuos dentro de un periodo de doce meses».

De hecho, ni siquiera la incapacidad permanente reconocida constituye un motivo de despido en sí, ya que el Gobierno aprobó en julio del pasado año la reforma del artículo 49.1.e del Estatuto de los Trabajadores para eliminar dicha incapacidad como causa automática de extinción de la relación laboral el reconocimiento.

Los tres motivos de despido

Así pues, existen tres motivos por los que un trabajador puede ser despedido incluso estando de baja: el despido objetivo, el despido disciplinario y el despido por cierre de empresa o fin de contrato.

En primer lugar, el despido objetivo es uno de los más habituales y está referido a causas económicas, técnicas, organizativas o de producción.

Por otro lado, al despido disciplinario se llega cuando el empleado comete una falta grave (faltas repetidas e injustificadas de asistencia, indisciplina o desobediencia), ofensa verbales o físicas, bajo rendimiento intencionado, o transgresión de la buena fe contractual, como por ejemplo realizar actividades incompatibles o que retrasan su recuperación.

Por último, el despido por cierre de la empresa o también por el fin de contrato, ya que si la baja coincide con la finalización de un contrato temporal, ése no podrá ser renovado.

En todo caso, si el despido se produce estando de baja y es por motivos justificados -todas las causas anteriores-, el trabajador no recibirá indemnización y como desempleado podrá cobrar el paro el tiempo que le corresponda por el periodo cotizado. Pero si hay dudas sobre los motivos del despido, no está justificado y, por tanto, es improcedente, el trabajador podrá acudir a los tribunales para conseguir su nulidad y ser recompensado en consecuencia.

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