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Lunes, 24 de febrero 2020, 11:54
Llegar a la jubilación es llegar a la época en la vida de una persona en la que se puede disfrutar de un merecido descanso tras toda una vida de trabajo. También es el momento de cobrar la pensión vitalicia, lo que supone que hay ... que cumplir con una serie de obligaciones con la Seguridad Social. De no llevarse a cabo algunas de ellas, los pensionistas pueden verse perjudicados.
Por norma general, las principales obligaciones de un jubilado con el Ministerio de Seguridad Social se refieren a informar sobre cambios relevantes de su vida o su situación personal, así como sobre cobros indebidos. En ambas situaciones hay que trasladar esos datos para que sean tramitados y no se produzcan sanciones derivadas de ellas.
En cuanto a los cambios relevantes se refieren básicamente a informar, en un plazo máximo de 30 días, de si la persona ha cambiado de domicilio fiscal, de si siendo pensionista ha iniciado una actividad profesional, de si se ha iniciado el cobro de una nueva prestación o de si ha habido algún fallecimiento en la unidad familiar del jubilado. Si no se informa de estas circunstancias, puede producirse una suspensión cautelar de la pensión que solo será devuelta si se justifica lo ocurrido.
También hay que dar datos a la Seguridad Social en el caso de que se haya producido un incremento de rentas en el matrimonio o si se cobran complementos mínimos con cónyuge a cargo. De igual modo, si un pensionista cobra una prestación de forma indebida debe comunicarlo. Además de devolver la cantidad percibida en un plazo máximo de 4 años, debe informar de ello para evitar una sanción.
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