![La pensión, embargada por una multa](https://s2.ppllstatics.com/ideal/www/pre2017/multimedia/noticias/201510/12/media/cortadas/gr-pension--575x323.jpg)
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M. V. Cobo
Miércoles, 14 de octubre 2015, 00:45
Dejar un impuesto o una multa sin pagar puede acabar con la sorpresa de que a uno le bloquean la cuenta bancaria. Pero si además en esa cuenta están los únicos ingresos de que dispone para subsistir su familia, el susto puede ser mayúsculo si recibe la notificación de su ayuntamiento, informándole de que no podrá retirar dinero porque le bloquea la cuenta para saldar esa deuda. Al menos 71 granadinos se vieron en esa situación en los primeros siete meses de este año, trescientos desde 2011. Esos son los casos en los que el Consistorio levantó el embargo al tratarse de ingresos no embargables.
En esta categoría de ingresos 'libres de embargos' se encuentran los subsidios de desempleo y salario social, las nóminas y pensiones del mes en curso que sean inferiores al Salario Mínimo Interprofesional, o las becas. Las cantidades que sean de meses anteriores, se considerarán ahorros y podrán verse sometidas a embargos.
La concejala socialista Jemi Sánchez alertó de que a su grupo municipal les estaban llegando casos de ciudadanos a los que les estaban embargando salarios sociales, ayudas que otorga la comunidad autónoma y suponen unos cuatrocientos euros mensuales. Son ayudas «que van dirigidas a cubrir las necesidades básicas de familias que no pueden pagar esas multas o impuestos porque no tienen más ingresos que ese», destacó Sánchez, quien calificó de «incongruente, insolidario y abusivo» que el Ayuntamiento embargue estos ingresos.
Por su parte, el concejal de Economía y Hacienda, Francisco Ledesma, señaló que la Agencia Tributaria sólo recibe información «con los veinte dígitos de una cuenta, asociada a una persona que tiene una deuda, ya sea por una multa o un impuesto, pero nosotros no sabemos ni la cantidad de dinero que hay en esa cuenta ni de dónde procede».
El teniente alcalde de Economía afirmó que son los ciudadanos los que tienen un plazo de veinte días para informar de que esa cuenta no es susceptible de ser embargada cuando reciban la notificación.
La edil socialista argumentó, por su parte, que muchos de esos ciudadanos no tienen formación en derecho ni saben a dónde acudir cuando se encuentran con este problema. «No informan en ningún lado del procedimiento a seguir para dar marcha atrás a estos embargos improcedentes; el concejal Ledesma «embarga y además desampara a quienes no tienen nada», lamentó.
Según los datos aportados por el Ayuntamiento, desde 2011 se levantó el embargo en 299 casos. Esto se hizo en los veinte días naturales de que dispone el ciudadano desde que se le notifica el bloqueo de la cuenta hasta que se ejecuta ese bloqueo.
2011 fue el ejercicio con mayor número de casos, 121. En los primeros siete meses de 2015 -los datos disponibles son del primer semestre- ya se han levantado 71 embargos. Dentro de este total, de los últimos cinco años, los ingresos que han provocado mayor número de levantamientos de embargos han sido por tratarse de cuentas en las que se ingresaban nóminas o pensiones inembargables al ser inferiores al salario mínimo profesional, con 218 casos de los 299 totales.
Le siguen los subsidios por desempleo, que son 77 de los 299 y también ha habido cuatro casos en los que se trataba de becas.
También ha habido casos de ciudadanos que no han pedido el levantamiento del embargo en ese periodo de veinte días y que han tenido que presentar un recurso de reposición. Según los datos de los servicios jurídicos, a los que tuvo acceso este periódico, hubo veinte casos desde el año 2011.
Sueldos, salarios o pensiones son inembargables en caso de ser inferiores al Salario Mínimo Interprofesional, pero solo en los ingresos del mes en curso. Es decir, que si la familia ha ido ahorrando alguna cantidad mes a mes de esa ayuda o pensión, ese remanente sí se puede embargar.
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