Las 4 irregularidades cometidas en el registro a Isabel Nieto según sus abogados

Los letrados de la concejala han presentado alegaciones por entender que en el registro a su domicilio se vulneraron las leyes que regulan estas actuaciones

josé david marco

Lunes, 18 de abril 2016, 12:21

Isabel Nieto, concejala de Mantenimiento, Obras Públicas y Urbanismo en el Ayuntamiento de Granada, ha presentado alegaciones por medio de sus abogados por el procedimiento que siguieron las unidades de la UDEF en el registro de su domicilio y dependencias del Consistorio en el marco de la Operación Nazarí, que investiga un posible caso de corrupción urbanística en el Ayuntamiento de Granada.

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Según los letrados, en las actuaciones de la Unidad de Delitos Económicos y Fiscales se vulneraron los derechos de Isabel Nieto al no respetarse estrictamente el Auto de la jueza que autoriza la entrada y registro de domicilios en las Diligencias Previas 301/16 abiertas sobre el caso y que dicta que todas las actuaciones deben llevarse a cabo en forma y manera según dicta la Ley de Enjuiciamiento Criminal en sus artículos del 545 al 578. Estos son, siempre según los abogados de la concejala, los argumentos por los que se entiende que no se han respetado los derechos de su defendida y que sirven como base del escrito de alegaciones presentado:

1- Principio de proporcionalidad

Es uno de los principios básicos garantistas en un Estado de Derecho. Viene recogido en el artículo 552 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal y establece que las actuaciones deben llevarse a cabo adoptando "todo tipo de precauciones para no perjudicar la reputación del interesado" -Isabel Nieto en este caso- inspirándose también en un Derecho Fundamental como es el Derecho al Honor recogido en la Constitución Española (art. 18.2).

Según los letrados, la actuación en el registro de la concejala generó "alarma social" debido al despliegue de vehículos policiales y corte de calles haciendo pensar a los funcionarios "que se trataba de un atentado".

Se hace también alusión a la presencia de medios de comunicación y conexiones nacionales e internacionales que generaron alarma incluso en Suramérica, "desde donde llamaban por teléfono alarmados los granadinos que allí se encuentran".

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Por todo ello, se considera que se ha comprometido gravemente la reputación de Isabel Nieto no respetando el principio de proporcionalidad y vulnerando puntos de la Constitución Española y la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

2- Registro indiscriminado

Las autoridades habrían vulnerado, según los abogados de Nieto, el protocolo para registrar los medios electrónicos (ordenadores, memorias USB...) que establecía que la autorización "se limitara exclusivamente a la visualización, examen y copia de aquellos programas o ficheros que pudieran tener una relación directa con los hechos objeto de la investigación.

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Según los abogados de la concejala, las condiciones de la autorización judicial se incumplieron al no discriminar entre ordenadores y móviles personales y profesionales, "incautándose todo automáticamente ni cerciorarse de los contenidos íntimos, personales y familiares", que no tienen relación con la investigación. Según los letrados, este tipo de archivos nunca debió salir del domicilio de Nieto precisamente por esto último.

La actuación también podría haber vulnerado la Ley de Enjuiciamiento Criminal y los derechos de Isabel Nieto por la privación de antecedentes médicos familiares, reportajes fotográficos y demás contenidos personales, "puesto que se hurta a la persona parte de su vida y toda su intimidad. Hasta el punto de que el hecho de haber privado de este material a su dueño, no legitima ni autoriza a la policía a poder abrirlo ni examinarlo".

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3- Sin presencia del interesado

La legislación establece que el examen de equipos incautados debe efectuarse en presencia del interesado y ante fedatario público con el fin de salvaguardar la cadena de custodia, puesto que se podrían "introducir archivos nuevos o pruebas dirigidas a culpabilizar a los denunciados". Al no poder compararse este tipo de archivos con un original, las pruebas serían nulas.

4- Detención injustificada y dinero en efectivo.

Los abogados entienden, por último, que la detención de Isabel Nieto fue injustificada y no ajustada a Derecho dado que la autorización de entrada y registro no autorizaba la detención de ninguna persona. "Sin embargo, antes de entrar en el domicilio se llevo a cabo la detención injustificada de todos los denunciados", señalan los abogados, lo que habría incumplido la Ley de Enjuiciamiento Criminal en su artículo 553.

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La detención de Isabel Nieto no se ajusta a Derecho según la defensa de la concejala puesto que la misma no fue sorprendida en "delito flagrante" ni refugiada por la comisión de algún delito y tampoco por haber mandato de prisión contra ella, según la ley arriba citada.

Los agentes de la UDEF habrían incautado también dinero en efectivo encontrado en el domicilio así como en objetos como monederos, algo que no lo autorizaba, según su versión, el auto firmado por la jueza.

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Esas son las razones que hacen que los abogados de Isabel Nieto presenten alegaciones pidiendo que las autoridades no levanten los precintos sin un Secretario Judicial, que no examinen los contenidos incautados y que se adopten medidas necesarias "ante las evidentes irregularidades producidas, que pueden invalidar toda la investigación".

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