efe
Martes, 31 de enero 2017, 14:26
La sala del TSJA ha rechazado por su "difícil acogida legal" la petición de la Fiscalía de modificar la calificación de los hechos imputados al exconsejero de la Junta Luciano Alonso y sumar a la prevaricación un delito de falsificación documental continuado con una petición de pena de 5 años de cárcel.
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El Ministerio Público ha pedido en las conclusiones definitivas del juicio que se celebra desde ayer en el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) contra Alonso mantener el relato de los hechos pero modificar su calificación.
El fiscal ha solicitado sumar al delito de prevaricación administrativa un segundo de falsificación de documento público con carácter continuado, por el que ha pedido una pena de cinco años de cárcel, otros cinco de inhabilitación para cargo o empleo público y una multa de 12.000 euros.
La defensa del exconsejero ha considerado que este cambio supone indefensión para su representado y una modificación de la penalidad, por lo que ha pedido al presidente del TSJA, Lorenzo del Río, que preside el juicio, que no admita las modificaciones.
Tras un receso, Del Río ha considerado que se trata de una "petición sorpresiva" del Ministerio Fiscal que aunque mantiene los hechos suma un tipo delictivo y ha apuntado que "difícilmente tiene acogida legal".
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Ha apuntado además, pese a las quejas del fiscal encargado de la causa, que se "deja hecha la petición", a la que se responderá en la sentencia, y ha explicado que aunque se han mantenido los hechos, la petición del Ministerio Público "no deja de ser una alegación" que pudo hacerse en otro momento procesal.
El presidente del alto tribunal ha añadido que se presenta así un "nuevo elemento delictivo" que daría lugar a "alegaciones, pruebas de descargo", por lo ha rechazado la modificación del fiscal.
La Fiscalía también ha rebajado de 14 a 9 años la petición de inhabilitación especial al haber utilizado un código equivocado y ha considerado probado que Alonso cometió prevaricación.
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La defensa del exconsejero ha mantenido la petición de libre absolución para Alonso en la segunda y última sesión del juicio, en el que hoy han declarados funcionarios y personal de la consejería.
Los hechos se remontan al mes de julio de 2012 cuando Alonso contrató como personal de libre designación eventual a Luis Guerrero, al que nombró director del Centro Andaluz del Flamenco (CAF) con sede en Jerez de la Frontera, aunque se dedicó a coordinar iniciativas culturales en Málaga.
Lo mismo pasó en septiembre de 2013 y enero de 2014 con otros dos nombramientos de directores de la Filmoteca de Andalucía, eventuales que trabajaron en Sevilla pese a tener este organismo sede en Córdoba, hechos por sustentarían la prevaricación administrativa.
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Diferentes cargos directivos y responsables de la Secretaría General Técnica, de Recursos Humanos y dos viceconsejeras con Alonso han coincidido en explicar que existía la necesidad de esos puestos y se buscó una plaza para eventual "dotada y libre", sin mirar el detalle de su localización.
Han considerado además que la ley incluye la posibilidad de "reorganizar las funciones" de los eventuales para adecuarse a las necesidades del momento, "una cuestión prevista en la ley y no prohibida de manera taxativa".
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Durante el juicio, que ha quedado visto para sentencia, han recalcado que las designaciones no llevaban alerta cuando pasaron a la firma de Alonso porque "no existían razones" y que desconocían "los detalles" del puesto, su ubicación o sus funciones
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