![El acoso telemático y las agresiones sexuales en menores, en alza](https://s2.ppllstatics.com/ideal/www/multimedia/2025/02/06/constitucion-kaIB-U230784251303c3F-1200x840@Ideal.jpg)
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Andrea G. Parra
Jueves, 6 de febrero 2025, 23:03
El Club de la Constitución celebró ayer una mesa redonda en la que abordó la protección y derecho de los menores desde diferentes aristas. Con el título 'Menores, delito y ley', el colegio mayor de San Bartolomé y Santiago fue el escenario de las exposiciones ... de José Rogelio Muñoz, teniente fiscal de la fiscalía de la comunidad autónoma de Andalucía, Ceuta y Melilla; Jorge Alberto Torres, jefe del servicio de Protección de Menores de la delegación territorial de Granada de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad; y Julio García, periodista.
La Ley orgánica 5/2000 regula la responsabilidad penal de los menores. Su análisis fue abordado por Muñoz Oya en su veinticinco aniversario. Disertó sobre los problemas y cómo tratar su reforma. Habló de que se ha desdibujado la naturaleza educativa del comienzo derivando en algo más punitivo.
En lo referente a los cambios comentó aspectos como la edad y el enjuiciamiento conjunto de mayores y menores, entre otras cuestiones. En lo que respecta al tema de la edad, que es complejo, Muñoz Oya apuntó la necesidad de revisarla. A su juicio, analizando una posible rebaja de los catorce a los doce años «en base no a la edad biológica», más relacionado con la «madurez» y en delitos sexuales, asesinatos o terrorismo, admitió que es un tema complicado. No obstante, dejó sobre la mesa que es «el momento de reflexionar» en este veinticinco aniversario de esta ley.
El jefe del servicio de Protección de Menores de la delegación territorial de Granada de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad expuso qué hacen y cómo aplican el artículo 3 de la Ley 5/2000. Este punto dice que cuando el autor de los hechos mencionados en los artículos anteriores «sea menor de catorce años, no se le exigirá responsabilidad con arreglo a la presente Ley, sino que se le aplicará lo dispuesto en las normas sobre protección de menores previstas en el Código Civil y demás disposiciones vigentes. El ministerio Fiscal deberá remitir a la entidad pública de protección de menores testimonio de los particulares que considere precisos respecto al menor, a fin de valorar su situación, y dicha entidad habrá de promover las medidas de protección adecuadas a las circunstancias de aquél conforme a lo dispuesto en la Ley Orgánica 1/1996».
Y eso es lo que hacen, proteger a los niños de menos de catorce años. Estudian los casos que les llegan, determinan si hay desprotección o no y dependiendo de los informes intervienen unos estamentos u otros, entre ellos servicios sociales, sistema educativo, sanitario y otros. Jorge Alberto Torres remarcó que el menor siempre debe estar protegido. «Lo que la infancia necesita es protección», recalcó.
Explicó que reciben más de mil denuncias al año. Reciben situaciones en las que hay menores implicados en robos, peleas en institutos o colegios, maltrato y otras casuísticas. Alertó de que cada vez están recibiendo más denuncias telemáticas, por acoso en redes sociales y también por agresiones sexuales de pequeños a otros pequeños.
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