«Qué asco dais los putos travestis de mierda». «Dos días te doy, desaparece de este pueblo». «Sobras en este mundo». Hasta aquí, solo un resumen de la catarata de mensajes que, en menos de una hora, envió una mujer a una vecina transexual por ... el mero hecho de serlo.
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Ocurrió en un pueblo de la provincia de Granada el 16 de enero de 2022 y la acusada ha sido condenada a seis meses de cárcel por un delito contra los derechos constitucionales de la víctima. En concreto, la resolución, a la que ha tenido acceso IDEAL, precisa que la procesada, con su conducta, dañó la dignidad de la denunciante «por motivos de identidad sexual».
No es un sentencia ejemplarizante, la justicia no va de eso, pero si pedagógica, es decir, que sirve para educar en unos tiempos en los que hay a quien le parece normal despreciar a los que son diferentes.
El fallo es firme. No puede ser recurrido ante ninguna otra instancia superior, ya que la imputada reconoció su culpabilidad a cambio de una rebaja en la pena que había solicitado para ella la fiscalía de Granada. En otras palabras, que hubo un acuerdo entre los litigantes que hizo innecesaria la celebración de la vista oral del juicio, que iba a tener lugar en la Audiencia Provincial.
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En virtud de ese pacto entre las partes, el tribunal declaró probados los hechos delictivos. El relato de lo sucedido explica que la perjudicaba se anunciaba como masajista y la encausada estableció comunicación con ella para contratar sus servicios. No era esa su verdadera intención. «(...) Actuando con un propósito de vejación y amedrentamiento contra (la damnificada), que al tiempo de los hechos se hallaba sometida a un proceso de transición para el cambio de sexo, y por dicho motivo, se puso en contacto con ella por medio de la aplicación de mensajería instantánea WhatsApp, interesándose en recibir un masaje (...) La acusada le pidió el envío de fotografías suyas así como de su geolocalización», refiere la resolución judicial de la Audiencia.
Ya con esa información en su poder, la ahora condenada inició el asedio. «Una vez verificado el domicilio de la víctima, así como su condición de transexual, durante el día 16 de enero, desde las 18,25 horas hasta las 19,16 la acusada (...) le envió mensajes con el siguiente contenido: 'Puto travestí'; 'Tienes dos días para irte', 'Yo vivo al lado y me das asco'; 'En mi barrio no va a estar un puto travestí'. 'Vamos a ir en busca tuya para echarte'. 'Hay niños y personas respetables y tú sobras'. 'Que asco me dais los putos travestis'», recoge la sentencia todos los avisos denigrantes que llegaron al teléfono móvil de la denunciante.
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De acuerdo con esta exposición, y con la conformidad de la autora confesa, la Audiencia condena a la mujer por un delito contra los derechos constitucionales, consistente en «un ataque a la dignidad personal por motivos de identidad de género e identidad sexual». El castigo: seis meses de prisión y seis meses de multa a razón de ocho euros diarios.
Además, ordena que la acusada indemnice a la víctima con tres mil euros en «concepto de daño moral».
Los magistrados aceptan dejar en suspenso la pena de cárcel, pero con la advertencia de que es un beneficio supeditado al comportamiento de la procesada. «Procede la suspensión de la pena impuesta condicionada a que no delinca durante el plazo de años», concluye el fallo dictado por la sala segunda de la Audiencia de Granada.
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