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Ni cierre inesperado, ni nulidad parcial. La Audiencia Provincial de Granada ha desestimado los recursos que interpusieron las defensas de seis de los investigados en el caso Nazarí contra la última prórroga de 18 meses acordada el pasado 23 de diciembre por la jueza instructora, ... María Ángeles Jiménez, para completar la instrucción de esta macrocausa de presunta corrupción urbanística en la ciudad.
A través de un auto dictado este lunes, 27 de mayo, y al que ha tenido acceso IDEAL, los magistrados de la Sección Segunda del tribunal granadino rechazan de este modo aplicar la que podría bautizarse como 'doctrina Colina Roja' a este caso.
El asunto Colina Roja, en el que estuvieron bajo sospecha distintos contratos de la Alhambra durante la etapa de Mar Villafranca como directora de Patronato, se tuvo que cerrar por orden de la Audiencia, por un problema con los plazos de la instrucción. Esa decisión dio lugar al archivo de la causa en el juzgado que la tramitó, Instrucción 4, el cual ha sido hace unos días confirmado por la Audiencia.
En su resolución, el tribunal dice que no puede dar la razón a las defensas que han recurrido, que buscaban un desenlace similiar al del caso Colina Roja. Cree que las prórrogas se han acordado conforme a lo que establece la Ley de Enjuiciamiento Criminal, si bien admite que se ha producido una «alambicada» -rebuscada o complicada- aplicación de los plazos previstos para la duración de la instrucción.
En cualquier caso concluye que no hubo con la primera prórroga «ninguna contravención» a lo dispuesto en el artículo 324 de esa ley, ni con la última, acordada el 23 de diciembre de 2018 y mediante la que se estableció «con carácter excepcional» un nuevo plazo de 18 meses, el cual entiende la Audiencia que es el último, pues «con su fijación se agota la excepcionalidad« que contempla la norma. De este modo, la instructora, que ya ha terminado de practicar diligencias, tiene todavía de plazo legal hasta el 23 de junio de 2020, si bien no necesariamente tiene que agotarlo.
En el caso Nazarí, que se comenzó a instruir el 22 de enero de 2016 en el Juzgado de Instrucción número 2 de Granada, tras la admisión a trámite de una querella formulada por la fiscalía en noviembre de 2015, se ha investigado si hubo una presunta trama criminal en el Ayuntamiento de Granada siendo alcalde de la ciudad José Torres Hurtado (PP).
En este asunto, que la jueza ha decidido dividir en piezas separadas, se trata de esclarecer si el anterior gobierno municipal pudo beneficiar a tres conocidos promotores de Granada, impulsores de grandes operaciones urbanísticas en la capital en la última década.
Los recursos ahora desestimados por la Audiencia fueron presentados por la defensa de la excúpula de Urbanismo y la de uno de los pormotores investigados. El abogado de los primeros, Ernesto Osuna, que representa a varios ex altos cargos y a la exconcejala de Urbanismo Isabel Nieto, planteaba dos peticiones, una principal y otra subsidiaria, por si no se aceptaba la primera.
La primera petición era que se declarase la nulidad de todas las pruebas y diligencias practicadas desde el 7 de mayo de 2017, día en que, según consideraba esta parte, expiraría el plazo de seis meses ordinario desde que se levantó el secreto de sumario en el caso.
La segunda petición, en caso de no atender la anterior, era que se diera por finalizada la instrucción el pasado 21 de enero de este año, que se cumplieron tres años desde la admisión de la querella. Pero La Audiencia no comparte los cómputos que realizan estas defensa.
El artículo 324 de la Ley de Enjuiciaiento Criminal establece que «las diligencias de instrucción se practicarán durante el plazo máximo de seis meses desde la fecha del auto de incoación del sumario o de las diligencias previas».
No obstante, la ley añade que «antes de la expiración de ese plazo, el instructor a instancia del Ministerio Fiscal y previa audiencia de las partes, podrá declarar la instrucción compleja». En el caso Nazarí como recuerda la Audiencia sucedió eso.
«Si la instrucción es declarada compleja el plazo de duración de la instrucción será de dieciocho meses, que el instructor de la causa podrá prorrogar por igual plazo o uno inferior a instancia del Ministerio Fiscal y previa audiencia de las partes. La solicitud de prórroga deberá presentarse por escrito, al menos, tres días antes de la expiración del plazo máximo», prosigue la norma. Y todo lo establecido en la ley, según la Audiencia, se ha hecho por parte del juzgado.
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