En esta calle de Granada están las oficinas en las que se centraba esta parte de la macrocausa. Alfredo Aguilar

La Audiencia rechaza la apertura de juicio oral de la pieza 'Registrador' del caso Nazarí

El tribunal estima el recurso de uno de los investigados contra la decisión de pasar esta pieza separada a la fase de preparación de la vista

Yenalia Huertas

Granada

Miércoles, 30 de septiembre 2020, 00:51

A veces las decisiones judiciales no van acompasadas y los casos dan un giro de 180 grados. Los recursos que se interponen contra la resoluciones de los jueces pueden hacer retroceder un asunto a un momento procesal anterior para su archivo. Y eso es ... lo que ha ocurrido con el expediente 'Registrador', una de las piezas separadas del caso Nazarí, la macrocausa de presunta corrupción urbanística que tiene como principal investigado al exalcalde de la ciudad de la Alhambra, José Torres Hurtado (PP). La Audiencia de Granada ha revocado la decisión que adoptó la magistrada María Ángeles Jiménez, la jueza instructora, de pasar esta pieza separada a la fase de preparación de la vista oral y ha decretado su sobreseimiento libre, que no es sino un archivo definitivo por no apreciarse delito alguno. Los hechos, a juicio del tribunal, «no son constitutivos de infracción penal».

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Lo llamativo es que la Audiencia toma esta taxativa determinación en un auto –recurrible ante el Tribunal Supremo (TS) y fechado el 17 de septiembre– dictado después de que la jueza instructora haya ya decretado la apertura de juicio oral, un trámite que dejaba este expediente listo prácticamente para su enjuiciamiento.

La apertura de juicio oral había sido decretada el pasado 3 de agosto y recogía los cargos a los que se enfrentaban los acusados en esta pieza concreta, en la que se habían indagado presuntas irregularidades en las obras de adaptación de un local de la calle Tórtola de la capital para acoger las oficinas de J. C. E., un registrador de la propiedad (de ahí el nombre del expediente). Esas supuestas ilicitudes tenían que ver fundamentalmente con la construcción de una entreplanta y la colocación de una escalera de acceso a la misma desde un patio comunitario.

La Audiencia no ve alcance penal en aquella obra tramitada en 2012, «sin perjuicio de que hayan podido cometerse infracciones en el ámbito de la legalidad administrativa urbanística». Y ello pese a que en este expediente, como se ha dicho antes, ya se habían formulado cargos, en concreto por dos acusaciones populares y no contra todos los investigados.

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La fiscalía, que está representada en este caso por la fiscal Sara Muñoz-Cobo, había pedido el sobreseimiento provisional, al igual que el Ayuntamiento de Granada. Una de las partes acusadoras que sí pedían penas era la ejercida por el empresario Ramón Arenas, que llegó a reclamar nueve años y medio de cárcel. La otra era el PSOE, que solicitaba cuatro años de condena.

La resolución ahora revocada había sido dictada el 18 de diciembre del año pasado. Se trataba del auto que transformaba las diligencias previas en un procedimiento abreviado, o lo que es lo mismo: dejaba el asunto en la antesala del juicio. Y fue precisamente uno de los encausados, un funcionario municipal que se vio salpicado a última hora por aquellas obras en aquel local, quien interpuso el recurso de apelación que ha puesto fin a esta parte de 'la Nazarí'.

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En aquel auto ahora dejado sin efecto la jueza, que es la titular del Juzgado de Instrucción número 2 de Granada, había decidido que no se siguieran las actuaciones para tres investigadas (una de ellas era la exedil Telesfora Ruiz), pero que sí continuasen para siete. Entre estos estaba J. L. D. S., el referido funcionario. A él se le procesaba por emitir un informe de comprobación de la adecuación de aquella actuación al proyecto respecto del que fue concedida licencia de obra. Los seis restantes eran el exalcalde, la exconcejala de Urbanismo Isabel Nieto, tres ex altos cargos de su área y el registrador. Se les atribuía haber actuado, presuntamente, «a sabiendas de la ilegalidad urbanística que con sus actuaciones estaban permitiendo y consintiendo». Por ello, se les imputaba supuestos delitos de asociación ilícita u organización criminal, prevaricación (común y urbanística), tráfico de influencias, malversación y contra la ordenación del territorio.

La Audiencia de Granada (han intervenido los magistrados de la Sección Segunda) ha tenido muy en cuenta las conclusiones a las que llegaron los técnicos de la Junta que emitieron un informe pericial sobre la actuación urbanística bajo sospecha, una de las ocho investigadas en 'la Nazarí'.

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Esos técnicos, pertenecientes al Servicio de Inspección de Ordenación del Territorio de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la Junta de Andalucía, determinaron que en aquella obra tan solo la construcción de una escalera que se puso en un patio «resultaría fuera del amparo de la licencia». Y aún así, «atendida la escasa entidad de la ocupación del patio», consideraron que no se podía descartar su legalización «previo pago de una indemnización sustitutoria».

Otro carpetazo

Por otra parte, IDEAL también tuvo acceso ayer a otro auto relevante para el caso Nazarí, esta vez dictado por la propia jueza instructora y que archiva igualmente la pieza separada correspondiente al expediente 'Parking'. Lo hace por «prescripción» de las supuestas ilicitudes que se habrían cometido en la concesión de varios aparcamientos de la capital en 2000 y 2001 y que pusieron en el punto de mira a los empresarios Enrique Legerén y José Julián Romero.

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