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Quico chirino y yenalia huertas
Martes, 3 de septiembre 2019, 18:45
La baja como militante del PP de Juan García Montero ha provocado que la Audiencia Provincial de Granada revoque la resolución que anuló la convocatoria de la junta directiva que a su vez convocó el XIV Congreso Provincial del PP, así como todo el proceso ... congresual celebrado posteriormente. Al salir de las filas populares, el exconcejal de la capital dejó de tener interés legítimo en este proceso judicial y por eso, por su falta de legitimación, todas sus acciones han caído al final en saco roto. Un escrito del abogado que representaba al PP en el que solicitó que se resuelva el pleito por «carencia sobrevenida de objeto y falta de legitimación» ha sido determinante. La Audiencia Provincial ni siquiera ha entrado a revisar el congreso y su convocatoria.
«La demanda se había promovido por Juan Manuel García Montero en su condición de militante de pleno derecho del Partido Popular, condición que voluntariamente perdió tras darse de baja voluntariamente y concurrir a las elecciones con las siglas de un nuevo partido fundado por él mismo», explican los magistrados de la Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Granada.
De este modo, el tribunal, que acuerda de forma expresa dejar sin efecto la sentencia que el juez de Primera Instancia número 7, Antonio Pastor, dictó el 1 de septiembre del año pasado, estima el recurso de apelación que interpuso el PP contra esta.
La falta de legitimación en la actualidad del que fuera en su día concejal de Cultura del gobierno municipal de José Torres Hurtado fue alegada por el propio PP y los magistrados coinciden en que García Montero, que concurrió a las última elecciones municipales como candidato a la Alcaldía de la formación política 'Centrados en Granada', «ciertamente» no está ya acreditado.
«Necesariamente ha de dejarse sin efecto la sentencia en cuanto quien sostiene la acción carece ya de la condición para ello y desaparece el objeto del proceso mismo», dice exactamente el fallo, que puede ser recurrido ante el Tribunal Supremo (TS).
La Audiencia no impone las costas a nadie, dado que ha sido una cuestión formal la que ha determinado la terminación del proceso, y tampoco entra en el fondo del asunto, sino que se limita a evocar jurisprudencia relacionada con la falta de legitimación y a profundizar sobre su aplicación.
Los magistrados recuerdan así un litigio en el que se trataba de examinar la legitimación de Ausbanc para ejercitar acciones colectivas en defensa de los intereses generales de los consumidores y usuarios, y en el que se acabó concluyendo que la citada asociación carecía en ese momento de legitimación, aunque sí la ostentaba cuando formuló la demanda.
Algo similar ha pasado con García Montero en este caso, pues su falta de legitimación ha sido sobrevenida, ya que se dio de baja del PP con posterioridad a la sentencia del Juzgado de Primera Instancia número 7. Lo anunció el pasado mes de marzo y justificó su decisión en las «discrepancias» que mantenía con la actual dirección provincial.
Así las cosas, la decisión de la Audiencia de Granada viene a avalar el congreso provincial en el que salió reelegido como presidente Sebastián Pérez y en el que García Montero vio frustradas sus aspiraciones a liderar la formación.
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q. chirino / Y. Huertas
García Montero estaba afiliado desde 1990 y cuando promovió su demanda contra el partido lo seguía estando. Sin embargo, según alegaba el PP en su recurso, al darse de baja como militante, al dejar la formación para constituir su nuevo partido político de cara a los comicios del pasado 28 de mayo, dejó de poder considerarse perjudicado como miembro de la formación. Y así ha sido: la baja es interpretada tanto por el PP como por la Audiencia como una renuncia a sus derechos de militante.
La decisión de anular todo el proceso congresual del PP que contenía la sentencia ahora revocada tuvo su origen en un incumplimiento del Reglamento de Organización del PP de Granada y en la infracción de la Ley de Partidos.
El juez censuró que hasta escasas horas antes (ocho horas) no se pusiera por parte del PP a disposición de García Montero y de otros miembros de su candidatura la documentación referente al orden del día de la junta directiva que se había fijado para el 3 de abril del año pasado. El reglamento dice que debe estar con cinco días de antelación. Además, ni siquiera se les entregó, sino que «se les exhibió» una vez que lo solicitaron por escrito, como se les exigió sin ser exigible. Por eso se anuló el acuerdo de la convocatoria y, por un efecto dominó, todo lo que siguió.
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