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El Ayuntamiento de Granada ha confirmado el pago de 1,7 millones de euros a Transportes Rober por la expropiación de las cocheras ubicadas en el Zaidín. El portavoz municipal Jorge Saavedra ha afirmado que el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha emitido al ... Consistorio la sentencia firme por la que la ciudad tiene que indemnizar a la empresa. El TSJA estimó parcialmente en enero de 2023 el recurso presentado por la mercantil en el litigio judicial que ambas partes mantienen desde 2003. Tal y como se reflejó en el fallo, al que tuvo acceso este periódico, la ciudad estaba obligada a pagar 1.723.373 euros si en el plazo de un año no entregaba a la concesionaria del servicio de transportes unos terrenos aptos para las instalaciones.
El tribunal ordenó que se cumpliera el pacto que ambas partes establecieron en 2003 «en lo que se refiere al justiprecio por el valor de las edificiaciones y la indemnización por los gastos de traslado de la actividad» que se originaron tras la aprobación del expediente de expropiación del solar ubicado en la avenida de Dílar para el desarrollo del plan parcial del Campus de la Salud.
Las diferencias se originaron después de que no se cumpliera el pago en términos exactos tras lo pactado por Ayuntamiento y Rober. La administración municipal había acordado entregar unos aprovechamientos urbanísticos en el Campus de la Salud y una parcela para albergar las instalaciones en Norte, junto al parque de Bomberos. Ante la falta de suelos idóneos, el Consistorio adjudicó un conjunto de parcelas entre la carretera de Jaén y Merced Alta e comenzó los trámites para modificar los usos de unos solares que, hasta entonces, solo permitía funciones deportivas, religiosos o docentes.
La operación fue recurrida por la Junta de Andalucía en 2010. El proceso fue favorable a la administración autonómica y provocó que los cambios urbanísticos fueran declarados nulos. Como consecuencia de ello, Rober llevó al Consistorio al juzgado al considerar que no se había atendido el justiprecio acordado.
El fallo del TSJA determinó que el acuerdo entre las partes es un «verdadero convenio urbanístico cuyo cumplimiento no puede quedar al arbitrio de una de las partes» y confirmó que «el cumplimiento ha sido solo parcial». Asimismo, estableció la «obligación de proceder a la entrega de unas parcelas suscepctibles de albergar las instalaciones» y dio un plazo de un año a la ciudad para hacerlo.Al no haberlo hecho, el Ayuntamiento de Granada hará el pago de 1,7 millones de euros.
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