![«Mi cliente cumplió la pena por un delito que cometió su hermano y se lo endosó a él»](https://s3.ppllstatics.com/ideal/www/multimedia/202204/19/media/cortadas/ABOGADO-kc8G-U16017064780516JH-1248x770@Ideal.jpeg)
![«Mi cliente cumplió la pena por un delito que cometió su hermano y se lo endosó a él»](https://s3.ppllstatics.com/ideal/www/multimedia/202204/19/media/cortadas/ABOGADO-kc8G-U16017064780516JH-1248x770@Ideal.jpeg)
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«Mi cliente recibió una sentencia condenatoria de un juicio en Motril en el que no estuvo y al que nadie le convocó. Llegó a mi despacho asombrado y asustado, y me comentó: 'Mira lo que dice aquí, que robé en un garaje de Salobreña, ... pero si ni siquiera he estado allí», recuerda el abogado Óscar Castillo Rivas el ya lejano día en que un vecino de Adra, localidad almeriense en la que tiene su bufete, le encargó un caso inaudito que ha tardado la friolera de siete años en resolverse (el origen de la confusión fue el expolio de una cochera de la Costra Tropical de Granada en 2015), un asunto con un falso culpable y que ilustra una descarnada hostilidad fraternal.
Tal y como desveló IDEAL en su edición de este pasado 14 de abril, el Tribunal Supremo dictó hace un par de semanas una sentencia en la que absolvía a un hombre que consiguió demostrar que su hermano se hizo pasar por él para delinquir en Salobreña, lo que le costó una condena (a él, no al verdadero culpable) de 16 meses de prisión. El perjudicado era el cliente del letrado Castillo Rivas y se vio obligado a cumplir la pena que le correspondía «al perla» de su hermano.
Lo único positivo es que el castigo había quedado reducido, con condiciones, a unos trabajos en beneficio de la comunidad, que el falso reo llevó a cabo en el Ayuntamiento de Adra. «Si no lo hubiese hecho, corría el riesgo de ir a prisión. Así que sí, aunque resulte increíble, mi cliente tuvo que cumplir la condena por un delito que cometió su hermano y se lo endosó a él», explica el abogado.
Mientras tanto, solicitaron al Supremo, la única instancia con las atribuciones para resolver el endemoniado pleito, que pusiera en marcha un mecanismo excepcional que permite revisar las sentencias firmes, es decir, aquellas que, por principio, no pueden ser recurridas ni enmendadas. La que condenó al patrocinado de Castillo Rivas lo era, pero el Alto Tribunal español, ante las evidencias que apuntaban a la existencia de un error de identidad, accedió a corregirla. Eso sí, el trámite se prolongó siete años.
Durante ese largo periodo de tiempo, y por inverosímil que pueda parecer, el 'mal hermano' volvió a 'ejercer' como tal. Le encasquetó otra fechoría a su hermano, pero el jurista consiguió detener el proceso en esta otra ocasión. «Fue detenido conduciendo ebrio y de nuevo volvió a dar el nombre de su hermano, que, como es natural, no quiere saber nada de él. No puede ni verlo», refiere el abogado, que desempeña su labor profesional en el municipio almeriense de Adra.
El desafecto del damnificado es lógico. Sin comerlo ni beberlo, se ha visto envuelto en un lío que podría servir de inspiración para una obra de teatro del absurdo. Y el responsable ha sido su propio hermano.
Todo en este enredo desafía a la razón. Por ejemplo, las fuerzas de seguridad tuvieron que poner en busca y captura al auténtico malhechor para cogerle las huellas y enviar un informe pericial al Supremo para deshacer el entuerto.
Ese estudio, elaborado por la Policía Científica, corroboró de forma fehaciente que la víctima decía la verdad. «Se identifica» al «hermano» (el 'malo') «como el verdadero autor del delito imputado y por el que fue condenado» el afectado, señala la sentencia que, por fin, ha liberado al vecino de Adra de las maquinaciones de su fraternal enemigo.
Ahora, Castillo Rivas está preparando una reclamación por responsabilidad patrimonial para que su cliente sea compensado por los daños y perjuicios que le ha causado este insensato episodio. «Nosotros entendemos que el fallo lo cometió la Policía Local de Salobreña al no requerir el DNI al hermano de mi cliente cuando lo detuvieron después de que desvalijase un garaje. Él dio la identidad de su hermano y se sometió a un juicio rápido en el que hubo conformidad. Ylo habitual en esos casos es que ni estén presentes ni el juez ni el fiscal. El resultado fue que mi cliente fue declarado culpable de un delito que no había cometido. Habrá quien piense que exagero, pero esto le puede suceder a cualquiera porque existen lagunas que no se corrigen», se lamenta el letrado.
Tras la decisión del Supremo, la pesadilla del 'buen hermano' ha quedado atrás y sus antecendentes penales han quedado borrados, recuerda Castillo Rivas.
Yel verdadero maleante tendrá que enfrentarse a una acusación por usurpación de identidad para sortear a la ley y culpar a su hermano.
En una reciente resolución, el Tribunal Supremo ha acordado que, tras quedar «acreditada la errónea identificación» del procesado y la suplantación de personalidad, «procede declarar la nulidad de la sentencia».
Siete años después, se ha hecho justicia.
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