Alfonso Peres, en el atril, interviene en la reunión de la Asociación de Museos de Ciencia y Técnica en el Museo de la Cerveza de La Coruña, en octubre pasado, en presencia de Luis Alcalá (en el centro, con gafas). Mesco

La consejera de Educación rechaza el recurso contra la selección del nuevo director del Parque de las Ciencias

Niega la existencia de una «causa de abstención» por las «relaciones ocasionales» entre Luis Alcalá y el único candidato seleccionado para sucederle

Inés Gallastegui

Granada

Lunes, 24 de marzo 2025, 13:43

La consejera de Desarrollo Educativo de la Junta de Andalucía y presidenta del consorcio del Parque de las Ciencias, María del Carmen Castillo, ha rechazado ... el recurso de reposición presentado contra el proceso de selección del nuevo director gerente a causa de la relación existente entre la persona que actualmente ocupa el puesto, Luis Alcalá, y el único candidato seleccionado, Alfonso Peres Osia.

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El aspirante que presentó el recurso consideraba que existe un «conflicto de intereses no declarado», ya que Alcalá forma parte del comité calificador de la convocatoria y, tal como establece la Ley de Régimen Jurídico del Sector Público, «todo funcionario o miembro de un órgano colegiado está obligado a abstenerse de participar en la toma de decisiones cuando existan vínculos personales o profesionales que puedan comprometer su imparcialidad».

En su respuesta al recurso, Castillo subraya que el recurrente «no aporta prueba alguna», sino «meras suspicacias» sobre una posible «causa de abstención». La resolución incluye las afirmaciones de Alcalá de que «carece de cualquier interés que no sea conseguir que la persona seleccionada resulte la más apropiada para el cumplimiento de los objetivos del consorcio (...)».

Además, inscribe dentro de la normalidad el hecho de que Alcalá y Peres se conozcan y mantengan «relaciones ocasionales», como ocurre con «todos los directores de museos de ciencia y técnica importantes de España», especialmente de dos que cuentan con «dilatadas trayectorias profesionales».

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En ese sentido, aluden a la fotografía aportada por el recurrente en la que aparece Alfonso Peres interviniendo en un acto público en presencia de Alcalá y otras personas, en el marco de la reunión de la Asociación Española de Museos de Ciencia y Técnica que se celebró en el museo de la cerveza Estrella Galicia (Mega) del 23 al 25 de octubre de 2024 cuando Peres aún lo dirigía (abandonó el cargo el 5 de febrero, pocos días después de convocarse la plaza del Parque de las Ciencias de Granada).

Peres y Alcalá (primero y segundo por la izquierda) brindan en el museo de la cerveza. MEGA

Por todo ello, Castillo desestima la petición del recurrente de que el procedimiento se suspenda de forma cautelar y Luis Alcalá salga del comité calificador en el proceso de selección de su sucesor.

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El recurrente ha expresado su intención de presentar un recurso contra el proceso de selección en los tribunales de lo contencioso-administrativo.

Título B2 de inglés

La resolución de la consejera no hace alusión alguna a los puntos del recurso de este aspirante relacionados con el rechazo a su certificado de inglés por parte del comité calificador, que lo considera un título «no oficial». En su recurso, el candidato recordaba que la base 3 de la convocatoria –publicada en el BOJA del 28 de enero– señalaba como requisito «estar en posesión de, al menos, el título B2 en inglés, de acuerdo con el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas (MCREL)», «sin especificar en ningún momento que deba tratarse de una titulación oficial o emitida por un organismo concreto».

El candidato consideraba que su exclusión era contradictoria con la base 5 de la convocatoria, que establecía que la entrevista personal al candidato, última fase del proceso de selección, «podrá realizarse parcialmente en inglés, lo que implica que la evaluación del nivel de inglés no se limita a la acreditación documental, sino que también puede verificarse en una fase posterior».

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Igualmente recordaba que «la jurisprudencia del Tribunal Supremo ha reiterado en numerosas ocasiones que en los procesos selectivos debe primar la capacidad real del candidato sobre la mera acreditación formal de un requisito».

El recurrente afirmaba que su exclusión del proceso «causa un perjuicio real y cierto», al ser él «el único candidato junto con el ya admitido que acredita experiencia en funciones directivas (...)», una situación que «vulnera el principio de igualdad, mérito y capacidad», al «dejar el camino expedito a un único candidato sin competencia real, convirtiendo el proceso en una designación encubierta».

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Reunión suspendida

El tribunal estaba convocado para el jueves 20 de marzo a una reunión telemática para baremar de forma definitiva los méritos del único candidato preseleccionado y concretar la celebración de la entrevista personal, pero la reunión fue suspendida «por problemas técnicos».

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