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El Consejo de Ministros aprueba el indulto parcial de Juana Rivas
Caso Juana Rivas

El Consejo de Ministros aprueba el indulto parcial de Juana Rivas

La pena de dos años y medio para la madre granadina por sustracción de sus dos hijos queda reducida a la mitad

Martes, 16 de noviembre 2021, 11:17

Juana Rivas, la granadina que en 2017 se negó durante un mes a devolver a sus dos hijos menores a su padre, tal y como le había ordenado la justicia española, será excarcelada en las próximas horas, cuando el Boletín Oficial del Estado (BOE) publique el indulto parcial que el Consejo de Ministros le ha concedido esta mañana.

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Todo apunta a que será el último episodio del culebrón judicial iniciado hace cuatro años por la madre de Maracena, cuando se llevó sin permiso a sus dos hijos menores de Italia, donde los tres convivían con el padre, por lo que en la actualidad cumple condena en el Centro de Inserción Social Matilde Cantos de Granada por secuestro de menores.

El Gobierno ha decidido reducir la pena de prisión que el Tribunal Supremo impuso a Rivas a la mitad, de dos años y seis meses a un año y tres meses, lo que supone prácticamente con toda seguridad su excarcelación inmediata. Una persona sin antecedentes penales y con una pena de no más de dos años no suele ingresar en prisión salvo que quebrante la libertad condicional.

La gracia respeta el informe del Tribunal Supremo, en concreto se adhiere a la postura de la mitad más benevolente, ocho magistrados, de la Sala de lo Penal

La medida de gracia parcial del Ejecutivo también la libera de la pena adicional de seis años de inhabilitación para el ejercicio de la patria potestad, medida que la desvincula de cualquier capacidad de decisión sobre la vida de sus dos hijos y limitaba sobremanera sus posibilidades de verlos.

En ambos casos el Consejo de Ministros justifica su postura de acuerdo al principio de «equidad» y «al interés superior de los menores», para facilitar que puedan estar con su madre, y también tiene en cuenta «las circunstancias vitales de todos los afectados», lo que haría referencia a una condena previa de su exmarido por violencia de género y a que la madre granadina siempre justificó su secuestro por defender a los menores de unos supuestos malos tratos del padre nunca ratificados por la justicia.

El indulto parcial, no obstante, estaría condicionado a que Rivas no reincida, es decir, a que «no cometa delito contra los derechos y deberes familiares» durante un plazo de cuatro años desde la fecha de publicación de la medida de gracia.

División de criterios

El Gobierno ha tomado esta decisión excepcional respetando el contenido del informe sobre el caso que le remitió el Tribunal Supremo y la postura también favorable al indulto parcial de la Fiscalía. Desoye, sin embargo, la postura del exmarido de Rivas y denunciante, Francesco Arcuri, quien pidió que no se le concediese beneficio alguno y que cumpliese toda su condena.

La Sala de lo Penal del alto tribunal, en un debate a principios de mes, descartó por unanimidad apoyar la petición de la defensa de Rivas, que solicitó que se la exima por completo del cumplimiento de los dos años y medio de prisión y de la inhabilitación para ejercer la patria potestad, pero se fracturó en dos mitades exactas a la hora de recomendar o no una gracia parcial que le permitiría a la condenada abandonar ya el centro penitenciario en el que está ingresada desde el verano.

De los 16 magistrados de la sala, ocho apoyaron la propuesta de la Fiscalía, que pide rebajar el cumplimiento de la condena de prisión en seis meses para evitar el encarcelamiento, y los otros ocho se opusieron a cualquier rebaja. Dada la división, el Supremo envió al Gobierno un informe en que recoge como válidas tanto la postura de los magistrados favorables al indulto parcial de Rivas como la de los que se oponen.

Los ocho magistrados más benevolentes, como la Fiscalía, entienden que se trata de una mujer sin antecedentes, con arraigo familiar, que desde su delito ha acatado todas las consecuencias de la custodia paterna sobre los hijos, y que actuó en el convencimiento de que su esposo, al que considera un maltratador, también es violento con sus hijos.

Los otros ocho jueces, al igual que Arcuri, consideraron sin embargo que no se daba situación excepcional alguna que justifique el incumplimiento de la pena impuesta, que ya entienden muy ajustada a derecho por tratarse de la sustracción no de un hijo sino de dos.

Juana Rivas ingresó el 11 de junio en el Centro de Inserción Social Matilde Cantos de Granada, una vez que el Supremo convirtió en firme la condena, que por otra parte rebajó de los cinco años de prisión a los dos años y seis meses, por considerar que la granadina no había cometido dos delitos de sustracción de menores sino solo uno. Solo cuatro días después dejó su internamiento, gracias a que Instituciones Penitenciarias la clasificó en tercer grado, lo que le permitía cumplir el resto de su condena en su domicilio, controlada por una pulsera telemática.

No obstante, su alegría duró poco. Un mes después, Rivas volvió a ingresar en el centro Matilde Cantos, donde todavía permanece, después de que la Fiscalía lograse que el juez de vigilancia penitenciaria revocase el paso a tercer grado y su excarcelación, por considerar que la madre de Maracena no ha mostrado grado alguno de arrepentimiento por la sustracción de sus hijos, que viven con su padre en la localidad italiana de Carloforte, en isla de San Pietro, un pequeño territorio próximo a Cerdeña.

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