El Tribunal de lo Contencioso Administrativo condena al Ayuntamiento de Almuñécar a pagar más de dos millones de euros por el convenio de gestión firmado por el consistorio sexitano con la mercantil, Granada Sol S.L.U., el 22 de marzo de 2006 cuando era de alcalde Juan Carlos Benavides
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En el convenio de Las Tejas, firmado con UTE compuesta por Inmobiliaria de La Vega y SIM Granamant (Granada Sol S.L.U.), el consistorio sexitano vende el aprovechamiento medio de cesión obligatoria por la cantidad de 570,96 euros metros cuadrado de edificabilidad, lo que supone un total de 2.233.968,77 euros y, con independencia de lo anterior, para los patronatos de Turismo y Deportes, 30.000 euros, respectivamente.
El teniente de alcalde, Juan José Ruiz Joya, ha manifestado que tanto este convenio como muchos otros similares «no contaron con el apoyo de la mayoría del pleno municipal, ya que siempre hemos entendido y advertíamos de que estaban perjudicando gravemente a los intereses municipales y que traerían consecuencias nefastas tan y como ha sucedido».
«Una vez más la gestión urbanística del señor Benavides nos destroza y hace tambalear los cimientos del Ayuntamiento, abundando aún más en el destrozo económico que supuso su gestión en las arcas municipales».
Precisamente, ante la imposibilidad de hacer frente a una sentencia como esta «obliga al Ayuntamiento de Almuñécar a fraccionar la devolución de estas cantidades tan astronómicas, y vamos a realizar diez pagos mensuales por importe de 200.000 euros desde el mes de agosto de 2020 a mayo de 2021.», señaló el Ruiz Joya
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El concejal asegura que esta situación limita mucho la capacidad de gestión municipal, «afectando a todas y cada una de las partidas presupuestarias, impidiendo dar respuesta a muchas demandas de los vecinos, y muy especialmente en la situación en la que nos encontramos actualmente».
Para finalizar, Ruiz Joya, aseveró que «esta situación no puede revertirse con la aprobación de un plan general que dé cobertura sobrevenida o convalide los convenios celebrados sin planeamiento; en unos casos, porque los convenios han sido ya anulados, y, en otros, porque se ha reclamado su resolución y concurre causa indiscutible para ello; y en todos los casos porque el proyecto de plan general en que se apoyaron resulta inviable desde el punto de vista técnico y legal», subraya.
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