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Imagen del sacerdote publicada en uno de los medios venezolanos. IDEAL
Los dos posibles 'purgatorios' del cura detenido por abusos en Venezuela

Los dos posibles 'purgatorios' del cura detenido por abusos en Venezuela

Iván M. P. podría hacer frente a penas de entre dos y veinte años de cárcel, según el tipo de abuso del que se le acuse y la edad de la menor en el primer abuso

Javier Morales

GRANADA

Lunes, 17 de diciembre 2018, 00:43

El sacerdote motrileño Iván Merino P., sorprendido mientras abusaba presuntamente de una niña de 12 años en Maracaibo (Venezuela), hará frente a una pena de entre 2 y 20 años de cárcel. Es la condena contemplada por la legislación venezolana si la justicia da por válidas las pruebas -anunciadas por el gobernador de Estado de Zulia, Lisandro Cabello, y recogidas por periódicos locales y nacionales- que apuntan a violaciones y supuestos abusos sexuales durante tres años.

La condena dependerá de la edad de la menor cuando sucedieron los primeros abusos -siempre supuestamente- y de si hubo o no penetración. Según los datos aportados por la Comisión para los Derechos Humanos de Estado Zulia (CDHEZ), dos son los 'purgatorios' en el horizonte del cura agustino -la condena por abuso sexual o por violación- y una posibilidad de absolución: que se determine que la menor está capacitada para consentir los actos sexuales.

Si, como confesó la chica, los abusos comenzaron hace 3 años -cuando ella tenía 9 y él 32- se juzgaría al cura de los Agustinos por abuso sexual o violación a una niña, pues la Ley Orgánica para la Protección del Niño establece los 12 años como la edad a partir de la cuál los actos sexuales se podrían considerar consentidos. Si la justicia determina que hubo abuso sexual, la pena irá de 2 a 6 años; si hubo violación -es decir, penetración-, ascenderá a entre 15 y 20 años. De acuerdo con las autoridades venezolanas, los informes forenses confirman que «hubo penetración».

En el caso de que los presuntos actos sexuales empezaran una vez que la menor hubiera cumplido los 12 años, hay dos escenarios posibles. En el primero, si la adolescente no prestó consentimiento, el abuso o la violación estarían penados con los mismos años de cárcel que si se tratara de una niña.

La segunda posibilidad es la absolución o una condena menor si la chica declarara que los actos fueron consentidos y quedara demostrada su «capacidad para discernir», combinación improbable a tenor de lo difundido por los medios del país. «En Venezuela la capacidad de discernimiento de los adolescentes es progresiva», quedaría al «arbitrio del juez» calificar o no como consentidos los actos sexuales, según señala el coordinador de documentación de la CDHEZ, Juan Alberto Berríos.

Las penas podrían verse agravadas si el juez estima que el cura ejerció su autoridad religiosa para la comisión del hecho punible. Las fuentes consultadas por IDEAL casi dan por descartada una hipotética 'cuarta vía', la absolución por falta de pruebas. Un vídeo publicado por los portales venezolanos muestra la confesión del sacerdote ante las fuerzas de seguridad tras su arresto el 24 de noviembre: «Nos encariñamos, y una cosa llevó a la otra y sucedió eso, estábamos en el juego, en las caricias y una cosa llevó a la otra».

La Archidiócesis de Maracaibo excomulgó al sacerdote y reprobó su conducta; el Arzobispado de Granada dijo no tener vínculo ninguno con Iván Merino P.; los Agustinos iniciaron una investigación sobre el religioso, y en el colegio Santo Tomás de Villanueva de Granada capital, donde ejerció como docente entre 2011 y 2015, advirtieron a niños y padres de lo sucedido en Venezuela. El letrado motrileño José Merino, su hermano, advirtió de que el sacerdote declaró «bajo amenazas» y denunció el «trato inhumano» que está recibiendo.

La Fiscalía lo privó de su libertad y está imputado por abuso sexual continuado. Según la CDHEZ, el proceso judicial -similar al que se desarrollaría en España- constará de tres partes. La primera fase, una etapa preparatoria, es la investigación y recolección de pruebas. La segunda es la presentación de conclusiones para determinar si el imputado va a juicio o no. Por último, si se considera que el caso debe ser llevado a juicio, el Ministerio Público expondría en él sus fundamentos para acusar a Iván M. P. de abuso o violación, a una menor o a una adolescente; la defensa expondría sus argumentos y el juez concluirá una sentencia absolutoria o condenatoria.

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