En enero del año pasado los tribunales dieron la razón a dos trabajadores de 'colaboración social' empleados por el Ayuntamiento de Almuñécar que llevaban más de tres años realizando labores para el Consistorio. Los dos tenían que pasar a ser personal laboral indefinido. Unos días después, se dieron las mismas circunstancias con otros quince empleados. En ese momento, el Ayuntamiento recurrió el dictamen ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA). Sin embargo, IU presentó una moción en la que se pedía que se retirara dicho recurso. El pleno lo aprobó y Almuñécar asumió el dictamen.
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Ayer, Convergencia Andaluza, el partido liderado por Juan Carlos Benavides, denunció esta situación y afirmó que costará a las arcas municipales 950.000 euros. Benavides aseguró que estos trabajadores de colaboración social tenían contratos «declarados en fraude de ley» .
«El Ayuntamiento, debido a la actuación irregular de Trinidad Herrera, deberá indemnizar a los trabajadores con 329.043 euros, correspondientes a las liquidaciones de 2017 a 2019. Pendiente quedan las posibles indemnizaciones de entre 2011 y 2016, que pueden suponer varios millones de euros», afirmaron desde CA.
Asimismo, explicaron que la Seguridad Social ha dictado una primera liquidación de los últimos cuatro años por un importe de 630.000 euros, que puede verse ampliada a la totalidad del periodo en el que el Ayuntamiento no cotizó por estos trabajadores.
La alcaldesa, Trinidad Herrero, respondía ayer a las acusaciones del partido de Benavides y afirmaba que no cometió ninguna irresponsabilidad. «No hay ninguna irresponsabilidad por mi parte, estamos cumpliendo un acuerdo de pleno. La documentación está a disposición del grupo que la requiera. Todo lo demás es, como mínimo, confundir a la opinión pública», aseveró Herrera.
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La alcaldesa lamentó el uso que Convergencia Andaluza está haciendo de este asunto y recordó, además, que el pleno en el que se decidió no seguir adelante con este asunto, ningún grupo votó en contra, ni siquiera el de Benavides, que optó por la abstención.
Es más, la primera edil dijo que la mayoría de los trabajadores de colaboración social iniciaron su relación con el Ayuntamiento sexitano precisamente cuando estaba en el poder el propio Benavides. Herrera recordó, asimismo, que al detectar que había muchos empleados en esta situación en junio de 2015 se decidió que los que llevaran desde antes del 27 de diciembre de 2013 podrían seguir desarrollando esta colaboración hasta que dejaran de percibir sus prestaciones, fuese la que fuese la actividad que estuviesen desarrollando en el consistorio. La alcaldesa recalcó que desde que se puso al frente del Ayuntamiento «ha destacado por el respeto a los trabajadores que conforman la plantilla municipal» y ha actuado siempre dentro de la legalidad. Recordó, como ejemplo, que lo primero que hizo cuando tomó posesión de su cargo fue readmitir a siete empleados que llevaban en algunos casos varias décadas en la plantilla y que fueron despedidos «de forma digital» por el que era alcalde entonces, Juan Carlos Benavides. Resaltó, asimismo, que se ha trabajado en la actualización del convenio de esta plantilla y lamentó que Convergencia siga vertiendo este tipo de «difamaciones a las que nos tienen acostumbrados».
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Sin embargo, para los andalucistas el dictamen de los tribunales, que no fue recurrido, muestra la «irresponsabilidad de Herrera en la gestión de la política de personal del Ayuntamiento», que aseguran «está conduciendo a reiteradas condenas por los tribunales que deberemos pagar todos lo ciudadanos de Almuñécar».
En el informe elaborado por la Secretaría del Ayuntamiento de Almuñécar sobre este asunto se recoge la sentencia de los dos primeros trabajadores que denunciaron y por la que se condenó al Ayuntamiento. En esta, se señala que la actividad que desarrollaban estas dos personas no cumplía los requisitos de la colaboración social ya que se correspondía con servicios «normales y permanentes del ayuntamiento sin que se haya justificado ningún hecho determinante de temporalidad y habiéndose mantenido la relación desde el 2013 hasta la actualidad mediante sucesivas prórrogas. La contratación efectuada no tiene cabida en la normativa que la regula y por lo tanto no juega la exclusión de laboralidad, encontrándonos ante una relación laboral indefinida por fraude de lee». Ante esta situación apunta que los trabajadores tendrían que ser integrados dentro del ámbito de aplicación del convenio colectivo del personal laboral del Ayuntamiento de Almuñécar.
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En sus conclusiones, la secretaría considera que de la sentencia se puede entender que los puestos son estructurales y por lo tanto son necesarios en plantilla y que se deberá incluir los puestos en la RPT.
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