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Uno de los siete juzgados de lo Social de Granada, donde han notado ese aumento de casos. Ramón L. Pérez
Crecen las demandas de pensionistas varones para cobrar el complemento de maternidad

Crecen las demandas de pensionistas varones para cobrar el complemento de maternidad

Abogados laboralistas confían en que el TS unifique criterios sobre la retroactividad y se conceda la máxima a los jubilados que reclaman

Yenalia Huertas

Granada

Lunes, 4 de octubre 2021, 00:36

El 12 de diciembre de 2019 el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) dio un golpe en la mesa. Consideró discriminatorio el hecho de que solo las mujeres tuvieran derecho a cobrar en su pensión un complemento por maternidad. Su pronunciamiento hizo que la ley cambiara en España para dejar de excluir al hombre en esa bonificación. El Real Decreto-ley que modificó la norma, el 3/2021, entró en vigor el pasado 2 de febrero y, desde entonces, las demandas para exigir el abono de ese porcentaje, que varía según el número de hijos, han ido creciendo en los siete juzgados de lo Social de la ciudad.

Aunque no se dispone de una estadística específica, el juez decano del Partido Judicial de Granada, Jesús Rodríguez Alcázar, confirma que son «muchas» las demandas de este tipo que está habiendo desde que se modificó la regulación española. El magistrado habla con conocimiento de causa: es el titular del Juzgado de lo Social número 1 de la capital.

«El origen está en que a efectos de la pensión de jubilación se reconocía a las mujeres un incremento en el porcentaje según el número de hijos, y a raíz de la STJUE de 12 de diciembre de 2019 (caso C450/18) resolviendo la cuestión prejudicial planteada por el Juzgado de lo Social número 3 de Gerona, se declaró la norma española contraria al principio de igualdad de trato», explica.

Esto ha dado lugar, como recuerda, a que los hombres también puedan pedir ese incremento de la pensión por haber tenido hijos, «y es lo que está ocurriendo ahora, porque por parte de la Seguridad Social inicialmente se denegaba el reconocimiento».

Las sentencias, como detalla el juez decano, están siendo «en principio estimatorias», con alguna diferencia entre juzgados «en cuanto a la fecha de efectos del mayor importe de la pensión (desde tres meses antes de que se pidió el incremento, o desde que se concedió la pensión en un principio)».

Retroactividad

Ese punto, el de la retroactividad, es ahora el que la justicia tiene que perfilar. IDEAL ha recabado las valoraciones de dos reconocidos expertos en la materia, los abogados Antonio Folgoso, de Folgoso Abogados, y Juan José González, socio de HispaColex. Y ambos confían en que sea el Tribunal Supremo (TS) el que unifique criterios y determine si el pensionista debe cobrar el complemento con una retroactividad total o parcial.

La sentencia del TJUE ha supuesto «una revolución», en opinión de González, que la cree «justa», pues «se producía una discriminación de los hombres debido a la mala redacción de la norma por parte de nuestros legisladores, que por querer beneficiar una parte acababan perjudicando a la otra». En su despacho llevan actualmente, a nivel nacional, alrededor de 500 demandas de este tipo, unas 350 de ellas en Granada. «Hemos registrado un incremento muy importante de los procedimientos», señala el jurista, para confirmar que son muchos los pensionistas varones, ya sean jubilados o con una incapacidad permanente, que, desde 2016, año en el que entró en vigor la norma que se declara discriminatoria, están reclamando este porcentaje.

«Se producía una dsicriminación de los hombres debido a la mala redacción de la norma»

Juan José González

Socio de HispaColex

Ahora, el varón o la mujer con hijos que se jubile, al cambiar la norma (se modificó la Ley General de la Seguridad Social para avanzar en la reducción de la brecha de género), para percibir esa bonificación «tienen que acreditar que han tenido un perjuicio en su vida laboral como consecuencia de haber tenido un hijo (reducción de jornada, excedencia para el cuidado de hijos, bajas...)».

Folgoso, por su parte, también ha presentado numerosas demandas y no dejan de llegarle consultas. «Al principio no hubo muchas, pero conforme ha ido pasando el tiempo se han ido incrementando progresivamente», indica. No obstante, son bastantes todavía los hombres que desconocen que pueden reclamar, admite Folgoso, que cree que era «fundamental» que el TJUE enderezara esta ley. «Ahora con la distancia, resulta difícil de entender cómo se aprobó esa norma», apunta.

«Hay argumentos muy sólidos para defender la retroactividad máxima»

Antonio Folgoso

Folgoso Abogados

«Ahora mismo la Seguridad Social está intentando limitar los efectos retroactivos», advierte este letrado, para quien «hay argumentos muy sólidos para defender la retroactividad máxima».

Demandante

J. G. es uno de los jubilados granadinos que ha presentado una demanda para percibir el complemento de maternidad. Este hombre, que ha recurrido a los servicios profesionales de HispaColex, es padre de cuatro hijos y pertenece a la Asociación de Jubilados de Caja Granada, que cuenta con 1.350 miembros, 468 de los cuales son trabajadores jubilados de la entidad. Su juicio es dentro de poco y espera que su reclamación se estime íntegramente. De así serlo, se aplicaría el 15% a la base reguladora de su pensión, con lo que percibiría «unos 300 euros» más todos los meses, así como «siete u ocho mil» aparte por la retroactividad. En total, pasaría de cobrar unos 2.100 netos a unos 2.400 mensuales.

De la primera sentencia dictada en Granada que aplicaba la doctrina del TJUE se hizo eco este diario el pasado mes de marzo. En ella, el Juzgado de lo Social 6 estimó en parte la demanda de un hombre que pedía percibir el complemento del 5% y lo logró, aunque no desde su jubilación. El abogado que ganó aquel pleito fue Jorge González Luna, del despacho González Luna Abogados.

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