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El dolor de los deudos del difunto se transformó en indignación ante la sucesión de despropósitos y calamidades que rodearon al traslado del cadáver para que fuera velado y enterrado. Sucedió en Granada en 2023 y se saldó con el despido del conductor del vehículo fúnebre que trasladaba los restos mortales del finado en cuestión, una medida que ahora ha ratificado el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) en una sentencia que recoge las desventuras que tuvieron que soportar los familiares del fallecido.
En este sentido, la resolución recuerda que el empleado aparcó el furgón fúnebre en la vía pública de la localidad donde le aguardaban los parientes del occiso, pero, en lugar de contactar con ellos, se fue a una taberna, según argumentó la empresa que prescindió de los servicios del trabajador y expone ahora el fallo del TSJA. «La familia, al ver que no les llaman, ni sube al domicilio, bajan a la calle y encuentran la furgoneta sola. (El conductor) se encontraba en ese momento en el bar situado frente al domicilio tomando bebidas alcohólicas».
Poco después, un allegado del muerto encontró al chofer y se volvió a producir una situación delirante. «(...) Le dice que ha de reconocer el cadáver de su familiar» y «procede a abrir el ataúd en la misma furgoneta, directamente en la calle, a la vista de cualquier persona que pudiera pasar por allí», detalla la sentencia dictada por la Sala de lo Social del alto tribunal andaluz.
Para colmo, los parientes constataron que el vehículo mortuorio llevaba «apilados» varios féretros más y se quedaron con la duda de si estarían «ocupados o no».
A todo esto, el conductor insistía en que le abonasen el servicio. «(...) Con malas formas, con prisas, insiste a la familia para que paguen la facturación en ese mismo momento, amenazando con no trasladar el cuerpo al tanatorio», indica la resolución judicial. El ánimo recaudatorio del empleado era tan intenso que incluso llegó a ofrecer a los clientes la posibilidad que le hicieran un bizum para satisfacer el coste del traslado del finado. «(...) Hasta el punto que, en algún momento de esta conversación, les facilitó su propio número de teléfono, para que hicieran una parte del pago por bizum, que ya se encargaba el de transferirlo a su empresa».
La mercantil consideró que la conducta del trabajador era «de extrema gravedad» y le pidió explicaciones. Él, «expresamente, reconoció los hechos», recoge el fallo del TSJA.
«Todo ello evidencia que no solo no se comportó de manera inapropiada con la familia, sino que actuó con absoluto desprecio a su trabajo, a la imagen de la compañía y al respeto debido a la familia y al propio fallecido, pretendiendo que fuera identificado en la calle cargado el ataúd en una furgoneta con muchos más ataúdes, sino que además no informó a la familia en primer lugar del presupuesto de los servicios y cuándo ésta manifestó su disconformidad con lo que usted les decía, pretendió que le abonaran todo o parte del servicio a usted directamente mediante bizum», resume la resolución.
Así las cosas, el empleado fue despedido la medida fue ratificada por un juzgado de lo Social.
Disconforme con la decisión, presentó un recurso ante el TSJA que no ha prosperado. Tras examinar las alegaciones del afectado, el tribunal concluye que fue «la propia dejadez del demandante» la que 'validó' el despido.
En concreto, la sentencia explica que no cumplió con los plazos establecidos para oponerse a la decisión empresarial.
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