El honor de los ciudadanos está protegido en el artículo 18 de la Constitución Española. También el de los empresarios. Lo acaba de comprobar el dueño de un negocio de Granada que había sido incluido en dos ficheros de morosos por una supuesta deuda de ... 119 euros contraída con una tarjeta de crédito del Banco Sabadell. La entidad financiera ha sido condenada a indemnizarle con 7.000 euros por el «daño moral» que le causó llevar esa etiqueta injustamente.
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El fallo, dictado el 19 de julio por el Juzgado de Primera Instancia número 7 de la capital y que puede ser recurrido ante la Audiencia Provincial, considera que en el caso de este empresario de Granada ha habido «una intromisión ilegítima en el derecho al honor y a la intimidad» por figurar como deudor en dos archivos de solvencia negativa: Asnef y Experian.
El afectado descubrió que figuraba como moroso en ambos ficheros en junio de 2017. Fue al acudir a una entidad bancaria distinta de la demandada para obtener financiación «a fin de reformar su local de negocios». El banco comprobó si tenía la etiqueta de deudor y le denegó la operación.
Ante ello, el empresario, que ha estado representado en este caso por el letrado Luis Ródriguez, de Legalego, solicitó información a los dos ficheros donde aparecía su nombre y obtuvo como respuesta que «tras contactar con la entidad banco Sabadell, esta les había confirmado la pendencia de la deuda contraída por él, por importe de 119,83 euros». Esa supuesta deuda había sido impagada desde el mes de marzo anterior y su origen estaba, según le detallaron, «en un contrato de tarjeta de crédito».
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El empresario, perteneciente al sector de recursos humanos, desconocía que hubiera contraído esa deuda y, tras buscar abogado, solicitó más información a la entidad bancaria, que le precisó que emanaba de un contrato de tarjeta de crédito «suscrito con la extinta CAM», en concreto con una oficina de Almería.
La deuda, según se desprende de la resolución, fue aumentando conforme pasaban los meses. En diciembre de 2017 ya ascendía a más de 500 euros. Y Asnef recibió una nueva comunicación en enero de 2018 en la que se volvía a indicar que existía un nuevo incumplimiento de pago de deuda con un descubierto en cuenta corriente.
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El 30 de noviembre de 2018, Asnef comunica al empresario que las deudas que tiene contraídas con la entidad financiera de la tarjeta ascendían ya, en esa fecha, a «1.724,14 euros».
El afectado volvió entonces a requerir al banco «información relativa a dichas deudas, que se niegan en todo momento». Y como las reclamaciones fueron «fallidas», el empresario se dirigió directamente al Banco de España, al que explicó lo sucedido, «denunciando la 'mala praxis' de la entidad bancaria.
Ya en agosto de 2019, la entidad bancaria de la tarjeta respondió al perjudicado que «ante la imposibilidad de demostrar fehacientemente el incumplimiento del importe aplazado de la tarjeta, se había procedido a dar por cancelada la deuda pendiente» de la misma.
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El empresario decidió entonces demandar al banco que tantos quebraderos de cabeza le había dado y su demanda aterrizó en el citado órgano granadino.
En su sentencia, el juzgado coincide con la fiscalía (en los procedimientos de protección del derecho al honor el ministerio público interviene) en que el afectado debe ser resarcido por lo ocurrido. Recalca los «perjuicios» que le ha causado este largo bagaje, en el que permaneció más de dos años en los listados de morosos y en el que tuvo que poner una queja incluso ante el Banco de España en busca de una salida.
Pero no solo eso, sino que la jueza que firma el fallo, Mónica Alcaide, coincide con el ministerio fiscal en «la necesidad de sancionar este tipo de conductas realizadas por entidades financieras que gozan de una superioridad frente al particular, que cuentan con toda la disponibilidad de documentos para cerciorarse de la existencia de las deudas que tienen contraídas sus clientes-particulares».
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En este punto, la jueza censura la «indebida utilización« que se hace de esta inclusión como medio de hostigamiento para conseguir el pago de una deuda.
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