![La fiscalía pide que se archive el caso audioguías de la Alhambra para cinco de los investigados](https://s3.ppllstatics.com/ideal/www/multimedia/201904/11/media/cortadas/audioguias-koRD-U701151975173JEG-624x385@Ideal.jpg)
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El fiscal ha pedido para cinco de los ocho investigados el sobreseimiento provisional del 'caso audioguías', en el que se han investigado presuntas irregularidades en la adjudicación de ese servicio a una empresa siendo directora del Patronato de la Alhambra y el Generalife (PAG) ... Mar Villafranca.
Según un informe que ha remitido al juez instructor y al que ha tenido acceso IDEAL, el fiscal pide 'sacar' de la causa al exjefe de la Sección Económica y Contabilidad de Ingresos, José María Visedo; a un empleado de la empresa adjudicataria Sthenhal Museum, L. P. P.; al interventor del PAG, M. G. P.; a una jefa de Sección del monumento H. C. C.; y a un funcionario, S. S. C.
Por contra, solicita al órgano judicial -el Juzgado de Instrucción número 4 de Granada, cuyo titular es Antonio Moreno- que siga el procedimiento contra la exdirectora del monumento, Mar Villafranca; la que fuera secretaria general del recinto, Victoria Eugenia Chamorro; y el administrador de la empresa a la que se adjudicó en su día el servicio de audioguías, A. A. L. R., en su condición de administrador único y representante legal de GTP Museum y Stendhal Museum S. L.
Tanto a Villafranca como a Chamorro, según consta en el documento, se le imputan los mismos delitos: posible prevaricación administrativa y supuesta malversación de caudales públicos. Al empresario, en cambio, le atribuye un posible delito de apropiación indebida y presunto blanqueo de capitales.
Sobre el papel supuestamente jugado por Mar Villafranca, que siempre ha defendido la legalidad de sus decisiones -al igual que los demás integrantes de la excúpula del PAG-, el fiscal aclara que «resulta indiciariamente acreditado en este momento que la prórroga del contrato fue acordada por la investigada, previas reuniones concertadas con el adjudicatario para trazar un plan que permitiera ofrecer una salida a la falta de pago de la deuda contraída con el PAG».
Sobre este extremo, cree que pudo cometer prevaricación mediante la «exención del canon variable sobre grupos, a raíz de un informe elaborado por el jefe de gestión sin competencia para ello, y conocida y asumido por la investigada». También, mediante «la misma prórroga del contrato», pues «con pleno conocimiento de su ilegalidad» la acordó con el representante legal de Stendhal Museum, «conociendo que no había sido abonada cantidad alguna (...), a sabiendas que su situación de solvencia económica no era la que se hace constar en el acuerdo de prórroga del contrato«.
También se refiere el fiscal a los acuerdos de reconocimiento de deuda, en los que Villafranca, supuestamente, «había prescindido total y absolutamente del procedimiento legalmente establecido en las prórrogas de los contratos de 'Atención e Información al Visitante'». Tales reconocimientos eran «improcedentes», considera el fiscal, a la vez que llega a decir que la exdirectora «faltó a la verdad» en su información en un pleno celebrado en junio de 2011, al afirmar que «la empresa había presentado un plan de pagos», lo cual no ocurrió hasta el mes siguiente.
Sobre la presunta malversación, el fiscal entiende que la exdirectora mantuvo «con conocimiento y voluntad» una actitud «especialmente favorecedora» con la empresa y subraya el «nulo control» existente en el conjunto monumental sobre el cumplimiento del contrato y sus condiciones.
El representante del ministerio público cree que Chamorro debe también continuar en el caso -y, por tanto, enfrentarse a un eventual juicio- «a título de cooperadora necesaria», pues formó parte de la mesa de contratación del primer contrato (fue su presidenta) y «no podía desconocer el absoluto incumplimiento durante años de las obligaciones de ingreso por la empresa en perjuicio de la Administración».
En cuanto al empresario que explotó el servicio entre 2007 y 2015, el fiscal ve indicios de que «de manera consciente y voluntaria ha dejado de ingresar una serie de cantidades cobradas» durante la ejecución de ese contrato y, presuntamente, «ha incumplido sistemáticamente con lo establecido en los pliegos técnicos», entre otras supuestas irregularidades.
A la hora de pedir dejar fuera del caso a José María Visedo, la fiscalía destaca, entre otros motivos, que entre sus competencias «no se encuadraba la posibilidad de dictar resoluciones definitivas o actos administrativos decisorios (...), ni consta haya dictado ninguna» de las que centran las supuestas anomalías investigadas. Con un argumento similiar justifica su petición de excluir al interventor.
Con respecto a la jefa de sección y al funcionario que han sido investigados, según indica el informe, «no se dirigió querella por parte de la fiscalía, ni a lo largo de la instrucción se han revelado indicios de criminalidad contra los mismos». Agrega en este punto que «se les recibió declaración como investigados y no como testigos, precisamente en garantía de sus derechos, pero no por la existencia a priori de indicios contra ellos».
Sobre el empleado de la empresa para el que asimismo pide el archivo de las actuaciones, deja claro que «es de vital importancia» reseñar que sólo estuvo desarrollando su trabajo en la empersa entre marzo de 2011 y junio de 2013 y que «de facto nunca ha estado en la empersa ejerciendo el cargo de director general». En definitiva, concluye que «que no tuvo dominio» de ninguno de los hechos que dieron lugar al caso audioguías, que se encuentra a punto de pasar a la fase de preparación del juicio oral.
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