Presentación del avance del nuevo PGOM de Granada, este viernes. P. R.

Guía para no perderse con el nuevo Plan General de Granada

El documento está llamado a ser la hoja de ruta urbanística de la capital nazarí para la próxima década

Viernes, 12 de enero 2024, 00:57

PGOU, PGOM o Plan General son expresiones poco habituales para el gran público. Sin embargo, comprenden una normativa que está entre las que más impacto tiene en el día a día de los granadinos. El documento es una de las principales herramientas del Ayuntamiento para ... ordenar el desarrollo de la ciudad. Su elaboración supone todo un reto para la administración por la gran dificultad técnica que entraña, por el consenso que exige al marcar el rumbo futuro tanto del sector público como del privado y por el amplio número de sectores que participan en su diseño. En esta pieza se aportan algunas claves para no perderse en su desarrollo.

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¿Qué es el PGOM?

Bajo esta denominación se esconde el Plan General de Ordenación Municipal. A grandes rasgos, se trata de un documento que organiza el territorio y marca las directrices para el futuro desarrollo de la ciudad a medio y largo plazo.

Afecta al ámbito urbanístico y es, básicamente, una guía que aclara qué se puede construir y qué no, si una parcela o un inmueble se puede usar como residencia, como local comercial, como oficina, como espacio de ocio, como equipamiento o si puede ligarse a la actividad industrial, entre otras opciones.

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¿Qué incluye y qué no el PGOM?

El documento recoge la clasificación del suelo dentro del término municipal y refleja el esquema del futuro desarrollo urbano en todo lo que tiene que er con los espacios libres, las zonas verdes, la movilidad, los equipamientos, las infraestructuras o los servicios. No obstante, al tener un ámbito de Granada, no puede ahondar en todo aquello que afecte a otros términos municipales limítrofes ni marcar el rumbo de aquellas propiedades que sean de otras administraciones, por lo que cualquier cambio debe ser pactado con esas instituciones.

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¿Quién debe seguir el PGOM?

El ámbito sobre el que dictamina el PGOM es todo el término municipal de Granada, por lo que sus directrices deben ser seguidas por todos aquellos actores que busquen el desarrollo de cualquier tipo de iniciativa en la ciudad. Esto incluye al Ayuntamiento, que debe seguir las indicaciones recogidas en el documento para construir un parque, convertir un edificio en un museo o trazar una nueva línea de metro, por poner algunos ejemplos, pero también a promotores y constructores privados que deseen, por citar algunos casos, instalar una nueva fábrica en Granada, construir una sede de una empresa en un solar, rehabilitar un bloque de viviendas o impulsar un nuevo barrio residencial.

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¿Quiénes participan en la elaboración del PGOM?

El Ayuntamiento de Granada es el actor principal en la elaboración del nuevo Plan General. La administración municipal es la que impulsa el desarrollo de un documento que, no obstante, está sujeto al marco legislativo definido por la Junta de Andalucía. La institución autonómica, de hecho, debe dar el visto bueno a algunos de los pasos, como el relacionado con el trámite ambiental, por citar un ejemplo. Asimismo, las localidades limítrofes también tienen que participar a través del trámite de audiencia que recoge la Lista.

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No obstante, se trata de un proceso que también implica a los grupos políticos con representación en el Consistorio y se extiende a la ciudadanía, que puede colaborar individual o colectivamente con aportaciones. Empresas, colegios profesionales, asociaciones de vecinos o colectivos sociales de todo tipo pueden aportar sugerencias para que sean incluidas en el PGOM.

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¿Qué trámites deben seguirse para su aprobación?

Es, sin duda, uno de los aspectos más complejos y el principal causante de que los anteriores intentos de renovar el planeamiento urbanístico de Granada decayeran. En la actualidad, la tramitación resulta más sencilla tras la aprobación de la Lista, la ley que regula a nivel autonómico los procesos de ordenación del territorio. En dicha normativa, aprobada a finales de 2021, se establecen cuatro fases: avance, aprobación inicial, aprobación definitiva y publicación y entrada en vigor.

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La fase de avance, que es la que está a punto de culminar Granada, conlleva la elaboración del documento que describe y justifica el ámbito de actuación, los criterios y propuestas para la ordenación del territorio y las distinas alternativas técnicas, ambientales y económicamente viables. Es una especie de borrador del PGOM en sí.

Tras lograr la aprobación del avance, se entra en la fase de aprobación inicial. Previamente, el documento previamente realizado se somete a la participación de todos los agentes implicados. Se somete a información pública y se solicitan informes sectoriales y además de estudios ambientales. Debe darse conocimiento a los municipios colindantes del documento, elevar consultas a las compañías suministradoras y hacer llamamientos a las personas propietarias.

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Realizado todo este proceso, se pasa a la fase de aprobación definitiva. La administración municipal tramita el documento incorporando todas las modificaciones planteadas en la fase anterior que estime procedentes. Una vez realizado, vuelve a abrirse a información pública si se han hecho cambios sustanciales en el texto que no deriven de los procesos previos. Eso, además, conllevaría nuevos informes sectorales. En cualquier caso, el proceso, que es largo de por sí, no puede extenderse en demasía. La ley recoge que hay un plazo máximo de tres años desde la aprobación inicial para lograr el visto bueno definitivo.

La última fase es la de publicación y entrada en vigor. Es el momento en el que el Ayuntamiento expone el acuerdo definitivo y el contenido de la nueva norma urbanística. El ordenamiento debe registrarse en el Consistorio y en la Consejería de Fomento antes de publicarse en el boletín oficial.

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