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Pablo Rodríguez
Granada
Domingo, 13 de junio 2021, 01:02
El Pacto Antitransfuguismo no impediría una moción de censura para desbancar a Luis Salvador de la alcaldía de Granada. Así consta en uno de los informes que maneja el PSOE, que se apoya en la evolución de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG), ... los últimos fallos del Tribunal Constitucional y el reciente acuerdo sellado por las principales fuerzas en noviembre del año pasado para definir qué vías serían posibles para acabar con la situación de bloqueo en la que está inmersa el Ayuntamiento nazarí.
El documento, que firma un experto en Derecho Constitucional de la Universidad de Granada, parte de la modificación de la LOREG en 2011 que transformó sustancialmente todo lo relativo a la moción de censura. Con el fin de evitar el efecto del transfuguismo, introdujo el concepto de mayoría reforzada, que, a grandes rasgos, ampliaba el número de firmas necesarias para desbancar a un alcalde en el caso en el que ediles que hubieran pertenecido al equipo de gobierno se decidieran a apoyar la medida.
La modificación introdujo dos nuevos supuestos ante los cuales era necesario un voto más para sacar al regidor que hasta entonces, cuando únicamente se requería la mitad más uno de apoyos en el seno de la corporación. El primero, que la teórica moción estuviese suscrita por un concejal que formara o hubiese formado parte del grupo municipal del alcalde. El segundo, que estuviese apoyada por un edil que hubiera abandonado la formación a la que estuviese adscrito desde el inicio del mandato.
Ese último supuesto, sin embargo, fue declarado inconstitucional recientemente. Fue en 2017, cuando el Tribunal Constitucional falló, respecto a un caso sucedido en el Consistorio de Tacoronte, que «la categoría de la mayoría reforzada altera el núcleo de la función representativa de los concejales no adscritos».
Según defendieron los magistrados, «el incremento sobre la mayoría absoluta altera para los concejales no adscritos el régimen ordinario de un derecho legalmente configurado como parte del núcleo de su función representativa, que restringe abiertamente, ya que priva de efecto alguno, como afirma el órgano judicial, a los apoyos que puedan ofrecer en la fase de iniciativa o propuesta de la moción, aunque no lo haga en la de votación». En definitiva, que esa exigencia de una mayoría reforzada podía hacer inviable en una pluralidad de escenarios la tramitación de un tipo de iniciativa, la moción, considerada como «vital» para el control de los gobiernos municipales.
El fallo delimitaba, de esta manera, que la finalidad de la mayoría reforzada no era otra que impedir la repercusión del transfuguismo, pero la vinculaba exclusivamente a los casos en los que los ediles considerados como tránsfugas pertenecieran al grupo político del regidor que se pretendía desbancar.
La sentencia del Constitucional, como recuerda el informe, impelía al poder legislativo a perfilar la LOREG antes del inicio del siguiente mandato municipal, el que comenzaba en mayo-junio de 2019, si quería sortear la nueva doctrina. Sin embargo, la normativa no fue modificada, lo que hizo que el fallo se afianzara.
En consecuencia, como expone el experto de la UGR, la requerida mayoría reforzada no sería necesaria en el caso en el que una hipotética moción de censura contra Luis Salvador fuera apoyada por un edil que hubiese pertenecido al gobierno municipal, pero no hubiese estado inscrito en el grupo político del regidor.
Ese supuesto podría darse en la corporación municipal. Si los diez concejales del PSOE y los tres de Unidas Podemos sellaran un acuerdo para sacar al actual regidor de la alcaldía tan solo necesitarían una firma más, la de Sebastián Pérez. El dirigente, ahora en el grupo de los no adscritos, formó parte de la junta de gobierno local, pero no como integrante de Ciudadanos, la formación de Salvador, sino del Partido Popular.
Sin embargo, es aquí donde aparece el famoso Pacto Antitransfuguismo que sellaron las principales fuerzas políticas en noviembe del año pasado y al que se acoge Luis Salvador para descartar cualquier posible moción de censura.
En base al acuerdo, tanto Sebastián Pérez como Manuel Olivares y Lucía Garrido serían considerados tránsfugas si firmasen una moción de censura contra el actual regidor. Sin embargo, el pacto introducía también otro concepto, el de tránsfuga indirecto; esto es, el concejal o grupo de concejales de partidos ajenos al gobierno municipal que participasen de una moción de censura apoyada por un tránsfuga.
El informe deja claro que «el entendimiento de los acuerdos que califica de tránsfuga al alcalde receptor del voto del concejal que abandona su partido restringe ilícitamente el derecho fundamental a la participación política del resto de concejales que sostienen al nuevo alcalde y del propio presidente de la corporación». Es decir, que esa fórmula «desnaturaliza, e incluso hace inoperante, la moción de censura, instrumento imprescindible en la lógica representativa del gobierno local».
Así, para evitar la «quiebra del principio democrático a la que llevaría una lectura extrema de los acuerdos sobre transfuguismo», el informe abre la puerta a una moción de censura en Granada que estuviese apoyada por un edil que no formara parte del grupo del alcalde, aunque hubiese pertenecido al gobierno municipal. En otra palabras, que de explorar esta vía, PSOE y Podemos solo podrían desbancar a Luis Salvador sin ser considerados como tránsfugas indirectos con la firma de Sebastián Pérez o de alguno de los ediles populares.
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