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El caso Emucesa, en el que se investiga si hubo varias contrataciones 'fantasma' de personas afines al PP que no llegaron a pisar el cementerio granadino, seguirá vivo para todos los investigados. El juez que lleva las riendas de la investigación, el magistrado José Luis ... Ruiz Martínez, ha rechazado dar carpetazo a la causa para los seis investigados que lo habían solicitado, entre los que figuraba el gerente, José Antonio Muñoz.
Según consta en un auto dictado por el Juzgado de Instrucción 9 de la capital, fechado el 27 de septiembre y al que ha tenido acceso IDEAL, el instructor concluye que «no ha lugar» a las solicitudes de sobreseimiento que habían formulado los abogados de esos implicados. No obstante, la resolución puede ser recurrida.
Esta decisión judicial, que acerca la causa -la instrucción está prácticamente finalizada- a la fase de preparación del juicio oral, se produce después de que el juez haya examinado los distintos argumentos de los abogados defensores y les advierta de que un instructor «no puede valorar la prueba y sólo le es viable constatar la existencia de indicios racionales de criminalidad y si las conductas pueden ser subsumidas en alguno de los injustos típicos -delitos- contemplados en la Ley Penal». Esto es, el magistrado viene a decir que debe ser en una sala de vistas donde se determine si los indicios de criminalidad que han dado lugar a la investigación constituyen o no delito.
De este modo, el magistrado no accede a las peticiones recibidas, «con absoluta abstracción del éxito que en sede plenaria -en sala de vistas- puedan alcanzar los elementos de descargo planteados por los referidos letrados». Recuerda que para tomar una decisión de ese calibre es necesaria «una nítida y concluyente ausencia de elementos fácticos que permitan identificar que el estadio de imputación no traspasó la frontera de la mera sospecha o conjetura (...)».
Así las cosas, estos seis investigados, que son el gerente del camposanto granadino, los dos ex consejeros delegados de Emucesa en cuyas etapas se hicieron los contratos -María Francés y Eduardo Moral- y exasesores bajo sospecha, seguirán teniendo la condición de investigados.
El juez deja claro que «la solidez y verosimilitud» de las pruebas de las defensas no se cuestionan en esta fase, en la que se investigan los hechos, al tiempo que revela en su auto la postura que han adoptado tanto el Ministerio Fiscal como el Abogado del Estado. Ambas partes acusadoras se mostraron contrarias a que se archivase el caso para los seis solicitantes y consideraron que se debía pasar a la fase en la que se prepara la vista y se perfilan los ilícitos supuestamente cometidos por cada uno. A esa fase se pasa mediante una resolución determinada: el auto de incoación de procedimiento abreviado.
Se da la circunstancia de ni el PSOE-A ni la propia empresa que gestiona el Cementerio de San José, Emucesa, se opusieron a que se archivara el asunto con respecto al gerente. Tampoco se opuso a ese sobreseimiento concreto la acusación que ejerce la concejala del Ayuntamiento de Granada Marta Gutiérrez, de 'Vamos, Granada'. Esta además consideró que debían archivarse las actuaciones también para una de las extrabajadoras -la exasesora que devolvió los salarios que cobró-, así como para aquellos investigados «que devuelvan las sumas de dinero indebidamente percibidas».
Entre su alegaciones, la defensa del gerente sostuvo que su cliente «no exhibió protagonismo de signo alguno en la contratación y selección de los asesores de Emucesa» y que ni ejerció de superior con respecto a ellos. Garantizó que no tuvo intervención alguna en los hechos y que si se le imputase alguna infracción «sería una hipotética responsabilidad en un delito de encubrimiento», la cual también descarta haber cometido y que, si se apreciase por las acusaciones, estaría prescrita.
'Vamos, Granada' ha presentado un escrito ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo 2 de Granada en el que solicita que se suspenda el procedimiento que se sigue por la reclamación que la productora CBM hizo al Ayuntamiento de la capital para el pago de 700.000 euros por servicios extraordinarios en la televisión municipal (TG7) hasta que se resuelva la causa que hay abierta por la vía penal sobre este mismo asunto. Este escrito llega después de que el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) haya estimado parcialmente el recurso interpuesto por CBM y haya considerado que el juzgado debe retomar las actuaciones e incluir en el cálculo los intereses de demora y el lucro cesante.
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