![La jueza de la Nazarí acepta unir al caso la sentencia del TSJA que afecta al Pabellón Mulhacén](https://s1.ppllstatics.com/ideal/www/multimedia/201902/01/media/cortadas/pabellon-aa-U30725559807QPI-U70489543436OyB-624x385@Ideal-Ideal.jpg)
![La jueza de la Nazarí acepta unir al caso la sentencia del TSJA que afecta al Pabellón Mulhacén](https://s1.ppllstatics.com/ideal/www/multimedia/201902/01/media/cortadas/pabellon-aa-U30725559807QPI-U70489543436OyB-624x385@Ideal-Ideal.jpg)
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Y. Huertas
Viernes, 1 de febrero 2019, 13:27
La jueza del caso Nazarí, María Ángeles Jiménez, que investiga si existió siendo alcalde José Torres Hurtado (PP) una trama de presunta corrupción urbanística en el Ayuntamiento de Granada, ha aceptado unir a la causa la sentencia del TSJA que anuló un estudio de detalle que permitió la construcción de los locales que albergan negocios junto al Pabellón Mulhacén, en el barrio del Zaidín de la capital.
Así consta en un auto dictado el 28 de enero por el Juzgado de Instrucción número 2 de Granada, al que ha tenido acceso IDEAL, y en el que la jueza rechaza en cambio practicar otras serie de diligencias que habían sido propuestas por la empresa Aremat Formación, de Ramón Arenas, que es una de la acusaciones que existen en el proceso.
En su resolución, la instructora subraya que su negativa sigue el criterio que se aplica por la Audiencia de Granada en lo que se refiere a la práctica de testificales, pues «no se puede permitir una investigación generalizada». Y es que los hechos que el empresario pedía que se investigaran ahora (las circunstancias que han rodeado las licencias y los alquileres de los locales a los que afecta la sentencia del Pabellón) «no tienen relación directa -dice la jueza- con la presente causa».
Exactamente, esta parte planteaba, en función de lo que se averiguara en la distinta documentación que proponía que la juez recabase, «la nueva toma de declaración de investigados (munícipes y/o funcionarios públicos)» por esa supuesta «nueva situación de ilegalidad» de los locales que se desprende del fallo del alto tribunal andaluz.
Asimismo, como segunda opción, el empresario solicitaba una «deducción de testimonio» -abrir una nueva investigación judicial- por un posible delito de prevaricación urbanística continuado y de encubrimiento, «tanto de anteriores o de actuales cargos públicos municipales responsables así como de otros funcionarios públicos que hayan participado en el mantenimiento de esa ilegal situación hasta el momento presente».
Lo que sí pasa a formar parte del sumario de 'la Nazarí' es el documento físico de la sentencia fechada el 20 de diciembre pasado y emitida por la Sección Cuarta de la Sala de lo Cotencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justcia de Andalucía, Ceuta y Melilla (TSJA). El motivo es que tiene relación con uno de los ocho expedientes urbanísticos que están bajo sospecha en el caso, el relativo a la concesión administrativa de las referidas instalaciones deportivas al promotor Roberto García Arrabal.
La petición de que el fallo fuese unido a la causa fue formulada el pasado día 10 de enero por el letrado de Ramón Arenas, Jorge Fernández, al entender que en definitiva declara «la situación de ilegalidad de la zona de restaurantes y/o establecimientos hosteleros, existentes junto al pabellón Mulhacén del Zaidín, y de donde derivan los importantes perjuicios patrimoniales para mis representados, personas física y jurídica, en las presentes diligencias».
Entre las diligencias que la jueza rechaza practicar estaba el requerir a los administradores de tres entidades mercantiles que tienen negocios en los locales junto al Pabellón (entre ellos el restaurantes McDonald´s) para que aportasen al juzgado «los contratos de arrendamientos» y «los pagos efectuados de alquiler», entre otros documentos.
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