Á.L.
Miércoles, 19 de diciembre 2018, 10:33
Los granadinos que hayan paseado estos días por Gran Vía habrán notado algo diferente. Aunque no han pasado demasiados días desde su inauguración, la cafetería internacional Starbucks ha sido cerrada. Según ha podido contrastar Ideal, las razones del cierre del Starbucks en Granada ... radican en que el Ayuntamiento solicitó una serie de documentos que la empresa no ha presentado y por los cuales debe estar cerrada de manera cautelar.
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La solicitud de tales documentos se habría hecho hasta en tres ocasiones distintas desde el pasado mes de abril, debido a una inspección municipal que detectó que se habían depositado 1.500 litros de residuos en la vía pública sin contenizar. Por ello, el Consistorio granadino se dirigió a la empresa para solicitar documentación y enviarle varias notificaciones en las que se esgrimían los motivos para un posible cierre.
Tal y como ha podido comprobar el periódico Ideal a través de la la Concejalía de Urbanismo, estos son los motivos que han llevado al cierre cautelar del Starbucks de Granada:
1-No consta seguro de responsabilidad civil.
2-No se ha aportado documentación gráfica de las soluciones proyectadas para el sistema de ventilación y climatización.
3-No se justifica cuáles serán los elementos de la actividad que realizarán el vertido en la arqueta separadora de grasas.
4-El estudio acústico que consta lo hace con deficiencias en varias sentidos.
Dichos motivos fueron trasladados a Starbucks por tercera y última vez el pasado 20 de noviembre, dándole a la empresa quince días para solventar las dudas al respecto de los mismos y entregar tal documentación. Al no haberlo hecho, el Ayuntamiento de la capital tuvo que solicitar el cierre provisional.
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No obstante, la solución para el problema de Starbucks en Gran Vía ha de llegar en un plazo corto de tiempo ya que si trascurren tres meses desde el 20 de noviembre -fecha de la última notificación- la licencia de explotación del local en el que está instalada la cafetería caducaría. Según lo establecido en la Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
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