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El expediente 'Obispo', una de las piezas separadas del caso Nazarí en la que se ha investigado el edificio de la calle Obispo Hurtado de la capital donde el exalcalde José Torres Hurtado y su exedil de Urbanismo Isabel Nieto poseen viviendas, está muy ... cerca de 'derrumbarse' judicialmente. La fiscal de la causa, Sara Muñoz-Cobo, ha pedido a la jueza instructora, María Ángeles Jiménez, que lo archive.
A juicio del ministerio público, no habría delito. Considera que «se incumplió la legalidad urbanística», pero cree que se trató de «disconformidades no sustanciales con la ordenación urbanística aplicable». Además, según recoge el informe que ha remitido al Juzgado de Instrucción número 2 de Granada, al que ha tenido acceso IDEAL, luego se llevó a cabo «la legalización de lo realizado». Fue mediante un expediente de restablecimiento de la legalidad urbanística y otro sancionador.
En su escrito, fechado el 11 de octubre y ya notificado a las partes, la fiscal llega a tildar de «graves» los incumplimientos de las normas urbanísticas cometidos en este bloque, «dado que han sido perpetrados en la construcción de un edificio, cuyo promotor era el hermano de quien era alcalde de la ciudad y propiedad de él y de su familia».
Además, como recuerda, también estaba la exconcejala Isabel Nieto, responsable de Urbanismo en aquellas fechas, y ambos eran -o debían ser- conocedores de la normativa aplicable, «la que deberían haber atacado, si no de forma ejemplar, como cargos públicos, sí al menos en igual medida que se exige a todo ciudadano».
Las fuentes del caso consultadas resaltaron la relevancia de este informe, dado que el origen de esta causa fueron dos querellas que desembocaron en la denominada 'Operación Nazarí', que llenó de agentes de la Policía Nacional la ciudad y puso 'patas arriba' no sólo los numerosos inmuebles y despachos que se registraron en la urbe, sino también el gobierno municipal. Y es que la principal consecuencia de aquella operación policial, que se desarrolló el 13 de abril de 2016, fue política: provocó la dimisión del exregidor popular y el cambio de gobierno en la Plaza del Carmen.
El caso aupó a la alcaldía al socialista Paco Cuenca tras una moción de censura y puso el foco mediático nacional en la ciudad de la Alhambra, como nueva ciudad del mapa manchada por la corrupción.
Sea cual sea la decisión ahora de la magistrada instructora -normalmente, los jueces de Instrucción suelen seguir el criterio de la fiscalía-, quedan otras piezas separadas abiertas y vivas: las correspondientes a las siete operaciones urbanísticas bajo sospecha restantes, entre ellas los expedientes 'Registrador' o 'Mulhacén'.
¿Y cuáles son las anomalías en las que la fiscal no aprecia alcance penal? Según expone en su informe, «en la construcción del edificio de la calle Obispo Hurtado se han cometido irregularidades urbanísticas en relación al cumplimiento de las determinaciones relativas a la ejecución de los cuerpos volados y al cumplimiento de la altura mínima libre en determinadas estancias del edificio».
Se da la circunstancia de que la parcela donde se levantó el bloque está en un tipo de suelo «sometido a conservación» y donde están prohibidos los cuerpos volados de edificación cerrados. Los cuerpos volados son partes de la edificación que en las partes altas sobresalen y son susceptibles de ser ocupados o habitados. Sin embargo, en el edificio de Torres Hurtado se hicieron y fueron detectadas por los técnicos del Ayuntamiento en el marco del procedimiento abierto para otorgar la licencia de primera ocupación. En este punto, aclara el escrito que la licencia que permitió las obras, que se concedió el 10 de enero de 2012 a favor de la Congregación Siervas del Evangelio, «ya contemplaba la construcción de cuerpos volados cerrados contraria al planeamiento urbanístico aplicable».
La fiscal ha tenido muy en cuenta el informe que hicieron los técnicos de la Junta, que apreciaron irregularidades tanto en la tramitación de los distintos expedientes, como en la concesión de licencias. A juicio del ministerio público, al poseer varios pisos allí, tanto Torres Hurtado como Nieto «debieron abstenerse» de intervenir en nada relacionado con el mismo. Era obligada legalmente la abstención. Pero no lo hicieron.
Nieto intervino, por ejemplo, en la modificación de la licencia que se hizo en 2012 para levantar el bloque, que suponía la construcción de 22 viviendas, garajes y trasteros. «La existencia de un interés personal en la tramitación de estos expedientes obligaba a la concejal a abstenerse de intervenir en ellos, lo que no se llevó a cabo», indica la fiscal, al tiempo que recuerda que no se trata ya un deber moral ni de buenas prácticas en el ejercicio de la función pública, sino una obligación recogida en la ley.
No obstante, como concluye, aunque eso sucediera, «no se ha acreditado» que ella y el exalcalde cometieran un delito de tráfico de influencias, de prevaricación urbanística o de prevaricación común.
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