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El aeropuerto de Málaga, con cientos de vuelos diarios, tiene a su alrededor decenas de parkings que guardan los vehículos de los viajeros. Algunos los ... dejan allí y la empresa los traslada a la terminal en microbús. Otros van directos al parking exprés, situado frente al aeródromo, y allí les recogen el coche. A la vuelta, cuando aterrizan, les avisan. En unos 15 minutos suelen tener el turismo de vuelta. Esta fue la situación en la que se encontraba un granadino que había viajado hasta la provincia vecina para coger un vuelo. A la vuelta, la entrega se retrasó por un motivo inesperado: habían accidentado su coche. El Juzgado de Instancia número 7 de Granada ha condenado ahora al parking a indemnizarle con 624 euros por incumplimiento del contrato.
Los hechos se remontan al 26 de mayo de 2022, día en el que el granadino regresaba de su viaje, según consta en la sentencia, a la que ha tenido acceso IDEAL. Sobre las 12.30 horas avisó de que ya podían traerle el coche, momento en el que la empresa le informó de que el vehículo había sufrido «un golpe» con otro y había problemas para devolvérselo. El «angustioso» periodo de espera se prolongó durante casi una hora. El cliente pudo comprobar que su vehículo, efectivamente, había sufrido daños.
El accidente, al parecer, se produjo cuando otro vehículo impactó con el suyo mientras realizaba una maniobra de estacionamiento, al confundir el pedal del freno con el acelerador. El denunciante incidía en que la empresa había incumplido el contrato, ya que, sin autorización previa, habían movido su vehículo al exterior de las instalaciones dos horas antes de su llegada. Como consecuencia, tuvo que abonar el pago del parking, del servicio de grúa y se quedó 40 días sin vehículo. Además, estuvo haciendo gestiones telefónicas durante cuatro horas y media.
Tanto el afectado como su mujer y sus hijos pequeños pasaron por un estado de «nerviosismo y ansiedad» durante más de media hora, hasta recibir las llaves del coche, y no pudieron acudir a un evento familiar que tenían previsto. Por otro lado, la demandada no se personó en los autos ni contestó a la denuncia, siendo declarada en situación legal de rebeldía procesal.
La jueza entiende que la empresa actuó «de forma negligente», puesto que desplazó el vehículo del denunciante dos horas antes de la hora que debía hacerlo, sin contar con su autorización. Implica, por tanto, una «falta de diligencia» en el cumplimiento de sus obligaciones. Establece asimismo que el parking «no cumplió con la obligación de entrega en el tiempo pactado», puesto que lo llevó «una hora más tarde, siniestrado y dañado».
En consecuencia, la juez ha condenado a la empresa a indemnizar al cliente con 624 euros, más intereses, por incumplimiento del contrato de prestación del servicio de estacionamiento. Contra la sentencia no cabe interposición de recurso.
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