Imagen de archivo de una barra de estriptis. IDEAL

En un club de Granada

Un perro halla cocaína en la vagina de una estríper tras oler la barra donde bailaba

La Guardia Civil denunció a varias trabajadoras del club por tenencia de droga tras el aviso del agente canino

Laura Velasco

Granada

Sábado, 23 de noviembre 2024

Fue delatada por la barra de estriptis del club en el que trabaja. Una empleada de un conocido club de alterne de la provincia de Granada fue descubierta con cocaína escondida en su vagina después del aviso del perro del servicio cinológico de la Guardia ... Civil. Otras trabajadoras del mismo local, de distintas nacionalidades, fueron también denunciadas por tenencia de cocaína.

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Ocurrió hace unos días en este club, donde en el pasado ya se han realizado otras operaciones policiales. Agentes de la Guardia Civil realizaban una inspección rutinaria, identificando a los presentes, acompañados de un agente canino. En un momento dado, el animal mostró signos claros de nerviosismo. Había detectado algo. Se aproximó a la barra de estriptis y la marcó. Había restos de droga, pero el grueso del producto no estaba ahí, sino en el cuerpo de una empleada que usa la barra para bailar.

La mujer guardaba la cocaína, en concreto, nueve 'pollos' -envoltorios de plástico-, en un preservativo atado con un nudo y escondido dentro de su vagina. Había dejado un trozo del condón fuera del cuerpo para poder tirar de él y ofrecerlo a los clientes, motivo por el cual lo guardaba en esa zona. Una agente de la Benemérita realizó la inspección y detectó el preservativo colgando.

Asimismo, el perro del servicio cinológico también marcó a otras mujeres que, efectivamente, llevaban encima cocaína. Todas ellas, unas cuatro en total, de distintas nacionalidades, fueron denunciadas por tenencia de droga.

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Multa

Se considera una infracción grave el consumo o la tenencia ilícitos de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas, aunque no estén destinadas al tráfico, en lugares, vías, establecimientos públicos o transportes colectivos, así como el abandono de los instrumentos u otros efectos empleados para ello en los citados lugares. La sanción aparejada a esta infracción es de una multa que comprende de los 601 a los 30.000 euros, según la Ley de Protección de la Seguridad Ciudadana. El Instituto Nacional de Toxicología y la jurisprudencia del Tribunal Supremo establecen el baremo que diferencia la tenencia para consumo personal de la destinada al tráfico.

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