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Absuelven a Sergio Bueno por la adjudicación de un servicio de grúa

Absuelven a Sergio Bueno por la adjudicación de un servicio de grúa

La sentencia absuelve al exalcalde de Santa Fe y al secretario del Consorcio para el Desarrollo de la Vega Sierra Elvira al apuntar que la adjudicación que podría representar un delito "no fue dictada por ninguno de los acusados, sino por el gerente del Consorcio"

efe

Viernes, 5 de febrero 2016, 14:00

La Audiencia de Granada ha absuelto al exalcalde de Santa Fe (Granada) Sergio Bueno (PSOE), que se enfrentaba a dos años de cárcel y 16 de inhabilitación por la concesión del servicio de grúa de un Consorcio, al apuntar que el proceso lo dirigió el gerente y que el socialista no participó.

La sentencia de la Sección Primera de la Audiencia ha absuelto a Bueno y al también imputado Prudencia R.M, los dos acusados como presidente y secretario del Consorcio para el Desarrollo de la Vega Sierra Elvira de prevaricación ordinaria y fraude en la adjudicación del servicio de grúa para el ente supramunicipal.

Los hechos juzgados en enero se remontan a marzo de 2010 cuando se adjudicó el servicio de grúa para 24 municipios granadinos en una primera licitación que se produjo mediante un negociado sin publicidad para prestar el servicio dos años por un coste de 60.000 euros.

Este primer proceso adjudicó el servicio a 'Bueno Mar', que renunció poco después por las irregularidades que denunciaron otras firmas y que el exalcalde atribuyó durante el juicio a "un error" en el periodo y el coste del servicio.

Se presentó entonces un segundo concurso por un importe de 50.000 euros para gestionar el servicio de grúa durante un año, que incluía la tramitación administrativa hasta convertir coches abandonados en residuos sólidos y que volvió a ganar la firma 'Bueno Mar', que prestó el servicio durante un año por un importe de 49.560 euros.

Los dos acusados explicaron durante el juicio que no habían participado en la tramitación de este concurso y apuntaron que fue el gerente del consorcio quien lo tramitó.

La sentencia los ha absuelto al apuntar que la adjudicación que podría representar un delito "no fue dictada por ninguno de los acusados, sino por el gerente del Consorcio", un hecho con el que ha argumentado la absolución "sin necesidad de entrar en el análisis del resto de los requisitos integrantes del tipo imputado".

La Audiencia de Granada ha considerado que ninguno de los acusados participó en el segundo concurso y, como explicaron durante sus declaraciones judiciales, que la adjudicación del servicio de grúa la dirigió un tercero.

La sentencia, contra la que cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo (TS), ha declarado de oficio las costas.

La Fiscalía había solicitado dos años de cárcel, 8 de inhabilitación especial para cargo público y otros 8 de inhabilitación absoluta para los acusados.

La acusación particular que representó al responsable de Grúas Taboada, que denunció irregularidades en el primer proceso y participó en el segundo sin ganar, elevó la pena del Ministerio Público y solicitó tres años de prisión y 20 de inhabilitación al considerar que la actuación respondía a una "trama urdida" por los dos acusados.

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