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554 seguidores de Instagram fueron testigos del contenido amenazante vertido varias horas antes de la tragedia por el presunto homicida de Almuñécar a su víctima, ... Gabriel, de 33 años. «A lo mejor te hago un favor quitándote la vida», «A mí no me gusta entrar en la cárcel por tonterías» y «Me voy a emborrachar para cuando vengan los civiles decirles que lo hice bajo los efectos del alcohol» fueron algunos de los mensajes publicados por el detenido en su perfil. La agresión que acabó con la vida del vecino sexitano fue también ampliamente difundida, con el consiguiente dolor para sus familiares. Este caso reciente es solo un ejemplo, dado que es una situación cada vez más frecuente en las investigaciones policiales e instrucciones judiciales. Es más, el caso sexitano ha abierto también un debate social en redes sobre hasta qué punto hay crímenes evitables. Cinco expertos analizan cómo la tecnología interviene hoy en día en la investigación e instrucción de los casos; los motivos que se esconden detrás de las decisiones de los criminales de exponer sus fechorías y las implicaciones que puede tener para los usuarios grabar o difundir contenido.
Capitán de Policía Judicial
Guardia Civil
Para la Policía Judicial de Guardia Civil las redes son un ámbito más de la investigación, como lo puede ser el lugar de los hechos. En la red es donde más información se obtiene, además de en las intervenciones de comunicación. Eso sí, es difícil extraer la información porque la mayoría de proveedores de servicios están fuera de la Unión Europea y «no hay una colaboración internacional real». La información y la comprobación de su veracidad se suele obtener con el análisis voluntario de los dispositivos. Para la búsqueda de redes de pedofilia o terrorismo, los agentes si rastrean las redes. Sin embargo, el resto de investigaciones suelen partir de las denuncias de los afectados o de personas que hayan tenido conocimiento de los hechos –siempre que no sea un delito privado, como las injurias, cuya persecución depende enteramente de la voluntad de la víctima–. La Guardia Civil cuenta que a menudo detectan publicaciones irresponsables para la seguridad de los propios implicados. Su publicación responde a la ostentación. De igual forman, descubren hechos delictivos por la publicación de terceros que los delatan –como sucedió con último tiroteo en la zona Norte–. A raíz del crimen de Almuñécar se ha abierto un debate social sobre la capacidad de intervención y prevención de los agentes, la Policía Judicial señala que lo lógico es que la alerta y las denuncias partan de los propios usuarios. Las autoridades no pueden rastrear continuamente Instagram y otras aplicaciones por falta de recursos y, sobre todo, porque ese tipo de actuaciones corresponden a estados represores.
Francisco Hernández
Fiscal de Criminalidad Informática
En la misma línea, para el especialista en ciberseguridad y delitos informáticos, evitar este tipo de delitos conllevaría la entrega de otras libertades ciudadanas. «La gente va a cometer crímenes y no todo es evitable. Y cuantos más pasos damos para negar eso, más libertades perdemos. Ahora mismo el riesgo que nos encontramos es que las tecnologías de información deslizamos el concepto de 'precrimen' –término que se emplea para referirse a la tendencia de los sistemas de justicia a focalizarse en crímenes aún no cometidos–», explica Hernández. «La única forma de prevenir estas cosas es que la policía controle continuamente todas las comunicaciones para detectar cuando te excedes y es precisamente lo que hacen las dictaduras. Existe la corrupción y tampoco los ciudadanos podemos entregarnos por completo a los poderes públicos. Como sociedad, pedir un precrimen, supone vigilancia y conocimiento constante de cómo es un sujeto», añade. «Tenemos que tomar la decisión si los crímenes los comete el Estado o los cometen los ciudadanos. Es un debate infantil, moralista y es muy peligroso. No podemos controlarlo todo», remacha.
El fiscal señala que también las nuevas tecnologías y su «despersonalización» amplían la posibilidad de cometer delitos a personas que no son naturalmente o potencialmente delincuentes.
Para Hernández, la publicidad que se dan los criminales por redes sociales «es un desahogo psicológico narcisista». «Me puedo hacer presente y acosarte con un like. El delincuente tiene un componente narcisista. Por una parte necesita dominar a la víctima, sentir su superioridad y por otra amplificar sus propias habilidades y capacidades, por lo que pueden tener cierta sensación de impunidad y así es como cometen errores», manifiesta. Para combatir a los malhechores el fiscal considera que «hay mucho de guerra psicológica» en la delincuencia tecnológica. Buscamos errores del contrario. Los malos nos perfilan y nosotros hacemos exactamente igual. Buscamos el punto débil. La tecnología, digamos que es como una esfera de información que te rodea y te la llevas contigo», esgrime.
Hernández subraya que no todo es malo en la tecnología, dado que permite el acceso a muchísima información como herramienta de investigación. Sobre la deriva y la despersonalización que adquieren los ciudadanos con el uso de las tecnologías, el fiscal indica que a los juristas les corresponde también ofrecer soluciones creativas ante esos retos morales. Los fraudes, estafas o el crimen como servicio –realizar una fragmentación de un procedimiento criminal entre personas, organizaciones o grupos distintos que no se conocen entre sí– son tipologías delictivas comunes que investiga la fiscalía y que aprovechan las nuevas tecnología. Por otra parte, ahora mismo el uso de la inteligencia artificial lo detectan sobre todo en manipulación de imágenes.
Sergio Romero
Magistrado
La tecnología ha modificado también el canal y la facilidad para verter amenazas, que han pasado de ser directas o telefónicas a realizarse a través de aplicaciones de mensajería o por perfiles sociales. «El uso de una red social para hacer amenazas puede ser ambiguo. Los ataques son velados. Lo que para el resto de los usuarios simplemente es una foto o una historia, para una víctima un determinado contenido puede ser una amenaza. Todo depende del contexto y discernirlo o demostrarlo plantea complicaciones», comenta. En los hechos delictivos de amenazas que acompañan a un crimen más grave, la aplicación de la alevosía plantea interrogantes . «Como la premeditación no existe en nuestro Código Penal, si se han vertido amenazas por redes sociales antes de la comisión de un delito de mayor calado podría alegarse alevosía. Ahora bien, si el perjudicado tenía acceso a esa información difundida la situación es distinta», expone. De igual forma, destaca la facilidad con la que se pueden manipular pruebas. Para ello, emplean pruebas periciales informáticas que determinan si se ha falseado el contenido de la documentación, pantallazos o conversaciones aportadas. Por último, el juez reflexiona sobre la intervención de los ciudadanos en la difusión o grabación de contenidos, ya que podrían caer sin ser conscientes en un delito de omisión de socorro o un delito contra la intimidad si no ayudan a una persona que está en peligro y se limitan a grabar y difundir las imágenes.
Amira Monchietti
Abogada penalista
Uno de los objetos que se ha debatido, pese a que el caso todavía está en instrucción, es ese aviso que el presunto homicida de Almuñécar hizo por redes sociales dos horas antes de cometer supuestamente el crimen. Sin embargo, la abogada penalista Amira Monchietti recuerda que desde la entrada en vigor del actual Código Penal de 1995, la premeditación, que consiste en la planificación del delito, fue derogada. Aunque su sentido estaba tan arraigado en la sociedad que aún es habitual la expresión. Pese a que la premeditación no existe como la agravante de un delito es evidente que la planificación siempre «supone una mayor reprochabilidad de la conducta» y puede influir a la hora de imponer una pena. La letrada señala que en el caso de las amenazas no concurre la agravante de alevosía por el hecho de proferir amenazas de forma previa o durante el curso de una agresión física, dado que el núcleo de la alevosía se encuentra en el aniquilamiento de las posibilidades de defensa o el aprovechamiento de la indefensión. Considera que las redes sociales actualmente tienen un papel importante en el ámbito penal porque permiten conocer, observar y probar la conducta de los acusados, denunciantes o testigos, al tratarse de un escaparate público donde cada vez es más habitual que las personas expongan su vida y revelen datos que pueden ser cruciales en una investigación judicial. Cualquier persona que desarrolla y expone contenido en redes sociales debe ser consciente de que dicha información puede ser utilizada en su contra. Las amenazas también pueden determinar el evidente ánimo del agresor de acabar con la vida de la víctima. De hecho, la letrada advierte que el contenido publicado puede perjudicar la preparación de una defensa. En el vídeo, el presunto homicida aseguraba que iba a beber para alegar embriaguez cuando lo detuviera la Guardia Civil. A este respecto, Monchietti resalta que las atenuantes no pueden haber sido deliberadamente buscadas.
Jaime García-Torres Entrala
Fiscal delegado de delitos de odio
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