Viernes, 9 de abril 2021, 02:18
Acaba de arrancar la campaña de la Renta 2020. Y aunque todos los años su confección trae consigo algún que otro quebradero de cabeza, la pandemia del coronavirus puede complicar un poco más esta tarea. Los ERTES sufridos a lo largo de estos años, el Ingreso Mínimo Vital o las deducciones más habituales del IRPF son algunas de las cuestiones que deberás tener en cuenta para no llevarte ninguna sorpresa en tu trato anual con la Agencia Tributaria.
Publicidad
Plazos para hacer la declaración de la Renta 2021
El plazo para tramitar la declaración de la Renta del ejercicio económico de 2020 comenzó este miércoles 7 de abril. Desde este momento ya se puede solicitar el borrador de la renta por Internet. Aunque será a partir del 4 de mayo cuando se pueda solicitar cita previa con la Agencia Tributaria, pero solo de forma telemática. Otras fechas clave son los días 6 de mayo, cuando comienzan estas gestiones telefónicas, y el 2 de junio, jornada a partir de la cual podrá realizarse de forma presencial en las oficinas correspondientes.
El 25 de junio termina el plazo de las declaraciones de la Renta y Patrimonio con resultado a ingresar con domiciliación bancaria, mientras que el 30 del mismo mes es la fecha establecida para poner fin a esta campaña de declaración de la Renta.
¿Cómo presentar el borrador de la Renta?
Si quieres presentar el borrador por Internet, puedes hacerlo accediendo a la web oficial de la Agencia Tributaria, más concretamente al apartado 'Renta 2020'. El apartado de Renta WEB es el servicio que ofrece Hacienda para todos los trámites y presentación de la declaración por Internet.
Otra forma de acceder a los datos fiscales y al resumen del borrador de la declaración es a través de la aplicación móvil de la Agencia Tributaria, utilizando el sistema Cl@ve PIN para registrarse. También podrá usarse este medio para confirmar y presentar el borrador, siempre y cuando no se tenga que modificar o incluir algún dato adicional.
Publicidad
Por otro lado, a partir del 2 de junio se podrá acudir presencialmente a las oficinas de la Agencia Tributaria, pero para ello se tendrá que pedir cita previa desde el 27 de mayo al 29 de junio, por Internet o en los teléfonos 901 22 33 44 o 91 553 00 71.
Pese a todo ello, lo más aconsejable para todas aquellas personas que presenten dudas en la tramitación de la Renta 2020 es acudir a un profesional fiscal o tributario que, por un lado, evite problemas futuros con Hacienda y, por otro, optimice la cantidad a pagar o ingresar por la Administración Pública.
Publicidad
¿Cuándo es obligatorio hacer la declaración de la Renta?
La ley del IRPF establece que no tendrán obligación de presentar la declaración de la Renta los contribuyentes con rentas anuales por debajo de los 22.000 euros. No obstante, para las personas que hayan contado con más de un pagador, como es el caso de quienes han cobrado prestación por desempleo o un ERTE, la obligación de presentar la declaración es a partir de los 14.000 euros anuales. Excepto cuando el total de retribuciones recibidas del segundo y sucesivos pagadores no supere los 1.500 euros.
Es decir, que los trabajadores que hayan cobrado entre 14.000 y 22.000 euros en 2020 tendrán obligación de declarar IRPF si lo percibido del SEPE el pasado año a través de prestación por desempleo o ERTE supera los 1.500 euros anuales.
Publicidad
Efectos en la Renta de las prestaciones recibidas por la pandemia
Millones de personas se han visto afectadas a lo largo del 2020 por un ERTE de suspensión o reducción de jornada, cuya prestación abonada por el SEPE se considera como rendimientos del trabajo. Por tanto, esta asignación económica está clasificada por la Agencia Tributaria como un pagador más de cara a la declaración del IRPF.
Si los rendimientos del trabajo obtenidos en 2020 proceden del SEPE y de otro u otros pagadores no tendrá la obligación de declarar si no superan los 22.000 euros, ni los 1.500 euros en el caso de fijar el límite en 14.000 euros.
Publicidad
Por otra parte, y en lo que se refiere al ingreso mínimo vital, estarán obligados a presentar la declaración por IRPF los beneficiarios de esta prestación «tanto si el importe percibido está exento como si no y, con independencia de que cumplan o no los requisitos establecidos en el artículo 96 del la Ley de IRPF relativo a la obligación de declarar». En estos casos, aunque esta prestación esté exenta y el perceptor no haya obtenido ninguna otra renta «deberá presentar declaración de IRPF 2020 y, en este caso, las casillas de su declaración aparecerán con importe cero».
Deducciones más habituales del IRPF
Los contribuyentes podrán deducirse parte de sus impuestos por la compra de la vivienda habitual. Para ello deberán cumplir una serie de requisitos, y solo podrán hacerlo quienes contratasen el préstamo hipotecario para la adquisición de un inmueble antes del 1 de enero de 2013.
Noticia Patrocinada
En cuanto a la deducción por el alquiler de la vivienda habitual, solo podrán aplicarlas quienes mantengan un contrato firmado antes del 1 de enero de 2015. Respecto a las deducciones por la situación familiar, las mujeres que hayan tenido un hijo a lo largo de 2020, o que tengan a su cargo un menor de tres años y trabajen por cuenta propia o ajena, podrán deducirse hasta 1.200 euros anuales por cada hijo.
En cuanto a la deducción por familia numerosa, la cuantía de la ayuda es de 1.200 euros para las familias numerosas y se incrementa a 2.400 euros para familias numerosas con más de cinco hijos. La deducción por descendiente o ascendiente con discapacidad a cargo es una asignación de 1.200 euros por cada familia.
Publicidad
La inversión en planes de pensiones es otro gasto deducible. Se incorpora también la reducción del límite máximo de las aportaciones personales para la deducción en el IRPF, que no podrán superar los 2.000 euros. Además, se reducen las aportaciones que puede hacer el cónyuge hasta 1.000 euros anuales y el límite máximo de aportación para la deducción en la renta en planes de pensiones de empresas se incrementa a los 10.000 euros.
Suscríbete durante los 3 primeros meses por 1 €
¿Ya eres suscriptor? Inicia sesión
Te puede interesar
Fallece un hombre tras caer al río con su tractor en un pueblo de Segovia
El Norte de Castilla
Publicidad
Utilizamos “cookies” propias y de terceros para elaborar información estadística y mostrarle publicidad, contenidos y servicios personalizados a través del análisis de su navegación.
Si continúa navegando acepta su uso. ¿Permites el uso de tus datos privados de navegación en este sitio web?. Más información y cambio de configuración.