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La Agencia Española de Protección de Datos ha sancionado al Colegio oficial de Arquitectos de Granada a pagar 14.000 euros por vulnerar la Ley. Según la resolución, a la que ha tenido acceso IDEAL, son tres las infracciones cometidas. Están relacionadas con la falta ... de información en las hojas de reclamaciones, la utilización de cookies de terceros sin el consentimiento del usuario e incompatibilidades en el nombramiento de un miembro del colegio para actuar como delegado de protección de datos de dicho organismo. El decano del Colegio de Arquitectos, Ismael Rodríguez, ha asegurado que recurrirá el documento, al considerar «injusta» la resolución.
El proceso comenzó en diciembre de 2021, cuando a la agencia llegó, a través del Consejo de Transparencia y Protección de Datos de la Junta de Andalucía, un escrito que aseguraba que el colegio incumplía «de forma reiterada la normativa vigente en materia de protección de datos de carácter personal», poniendo en peligro la privacidad de los colegiados y sus derechos. La agencia comprobó punto por punto los hechos denunciados y a principios de septiembre de 2022 inició un procedimiento sancionador al colegio al apreciar «indicios razonables de vulneración».
A finales de ese mismo mes, el colegio presentó un escrito de alegaciones a la incoación del expediente en el cual solicitaba el archivo del procedimiento. Consideraba que no había conflicto de intereses respecto al delegado de protección de datos y resaltó que además nombraron a uno nuevo en abril de 2022, «anticipándose a la medida correctiva propuesta». De hecho, en la página web figura que actualmente es una consultoría situada en Madrid la que realiza esta labor.
Igualmente, el colegio aseguraba que había incorporado toda la información necesaria a los formularios de quejas y reclamaciones. Por último, sobre el uso de cookies de terceros por el uso de un mapa interactivo, el organismo recalcó que lo retiró de la web e insistió en que no tenía ánimo de recabar información alguna.
La Agencia Española de Protección de Datos formuló en abril de 2023 una propuesta de resolución con sanciones que ascendían a un total de 14.000 euros, recibiendo por parte del colegio alegaciones en las que solicitaba nuevamente el archivo del procedimiento. Finalmente la sanción se ha mantenido, aunque el colegio ha informado de que recurrirá.
Está dividida en tres bloques. La de mayor cuantía, 8.000 euros, hace referencia a la falta de información en los formularios sobre quejas y reclamaciones, por la infracción del artículo 13 del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD). La agencia entiende que se produjo un incumplimiento del principio de transparencia de la información y del derecho de información. No reclama al colegio ninguna otra medida correctiva, al comprobar que sustituyó la información suministrada, ajustándose a lo establecido.
En segundo lugar, la agencia considera que el colegio ha cometido una infracción del artículo 38.6 del RGPD, por el conflicto de intereses detectado en el nombramiento de un miembro del colegio como delegado de protección de datos, por lo cual impone una sanción de 5.000 euros. El delegado ejercía funciones de admisión de colegiados y era miembro de la junta de gobierno, entre otras funciones.
Además, el documento alude al elevado número de interesados afectados por el tratamiento de sus datos personales, que incluye a los «colegiados inscritos, el personal contratado y los usuarios en general». La agencia no requiere ninguna otra medida correctiva, ya que el colegio sustituyó a ese delegado.
En tercer lugar, la agencia observa que la web del colegio utilizaba cookies de terceros de carácter no exceptuado, de las que no se informaba en las políticas, a pesar de no haber dado el consentimiento a través del banner. Estas cookies analíticas se instalaban a través de la inserción de un mapa interactivo y, por tanto, se traducen en una infracción del artículo 22.2 de la LSSI por la que imponen una sanción de 1.000 euros.
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