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El Servicio Andaluz de Salud tendrá que indemnizar a una granadina con 42.450 euros en concepto de pérdida de oportunidad por una demora de 14 meses en un diagnóstico de cáncer de mama. Así lo refleja una reciente sentencia del Juzgado de lo Contencioso ... Administrativo número 5 de Granada. Todo comenzó en abril de 2016, cuando M.C.D., vecina de Granada, acudió a su centro de salud al notarse un bulto en su mama izquierda. Allí fue atendida y se solicitó una mamografía para esta paciente. Ocho meses después, se le citó para la realización de esta prueba. Dados los resultados, los sanitarios también le hicieron una ecografía y se le informó de que era necesario realizar una biopsia. Aquí empezó el problema, desde que se sometió a las pruebas, nadie llamó a esta granadina. El motivo fue, según el escrito, que ni la mamografía ni la ecografía fueron informadas y no se inició el proceso para llevar a cabo la tercera prueba, la biopsia.
M.C.D. no se quedó tranquila y llamó en reiteradas ocasiones a su centro de salud para saber los resultados de las pruebas, pero tampoco tuvo respuesta. «Tras reiteradas llamadas, el 8 de junio de 2017, acudió a su médico de cabecera para interesarse sobre el proceso seguido, que sólo a raíz de ello se agilizó, siendo derivada de forma urgente al servicio de radiología. Allí se le realizó una nueva mamografía y ecografía, que ahora sí fueron informadas, siendo el diagnóstico carcinoma ductal infiltrante en grado 2», según el informe de anatomía patológica emitido el 12 de junio de 2017. Es ese mismo día cuando el servicio de oncología del Hospital San Cecilio hace un diagnóstico de cáncer de mama izquierda. La unidad de cirugía refleja el mismo diagnóstico el 14 de julio de 2017. En total, 14 meses de espera desde la primera visita que esta granadina hizo al médico hasta que se le comunicó que, efectivamente, padecía un cáncer de mama.
Como consecuencia de todo este retraso, la paciente perdió uno de los pechos debido a la enfermedad. «Se considera que esta demora en el diagnóstico, es la causa de un daño en la paciente, el cual consiste en que se ha demorado el comienzo del tratamiento, habiéndose ocasionado una extensión en el cáncer de mama de mayor importancia que si se hubiese tratado inicialmente, pues si se hubiese diagnosticado varios meses antes de lo que se hizo no habría aparecido una metástasis axilar ni precisado quimioterapia ni una mastectomía subcutánea», se refleja textualmente en la sentencia emitida por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 5.
Pero, las secuelas no quedaron ahí. Debido a la extensión del cáncer durante los meses en los que M.C.D. no fue tratada, se le ha declarado una incapacidad permanente total para poder realizar su trabajo.
Joaquín Perales, abogado de esta vecina de Granada, pidió en un primer momento una indemnización de 140.000 euros. El SAS reconoció su responsabilidad en el retraso en el diagnóstico y, por el concepto de pérdida de oportunidad, indemnizó a la paciente con un importe de 19.204 euros. «No quedamos conformes con esta valoración, por lo que se interpuso una demanda judicial. Se desconoce cuál hubiera sido el desarrollo de la enfermedad si hubiese sido tratada a partir de las pruebas no informadas, realizadas en enero de 2017, pero es evidente que ha existido una pérdida de oportunidad, y como la jurisprudencia ha establecido que la cuantificación de la misma ha de ser de un tercio de los daños personales ocasionados (valorados por la jueza en 127.351,71.-euros) la condena final ha sido por importe de 42.450,57.euros, frente a los 19.204,13.-euros, que admitía el SAS», afirma Perales a IDEAL.
Ahora, el SAS ha sido condenado a pagar el importe 23.246,44 euros a la paciente, que se suman a la cantidad ya abonada de 19.204,13 euros. A pesar de ello, sentencia no es firme y cabe recurso por parte de la administración, por lo que es posible que siete años después de que comenzara la enfermedad de esta granadina, el tema siga judicializado.
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