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El Tribunal de Cuentas, el tribunal con sede en Madrid que ha emitido la sentencia condenatoria contra la exdirectora de la Alhambra, Mar Villafranca, por ... anomalías contables en dos contratos durante su etapa al frente del monumento (fue directora entre 2004 y 2015) «es un órgano fiscalizador«, no es un tribunal ni penal ni civil, sino que »ejercita lo que se llama la jurisdicción contable«. Por lo tanto, no enjuicia delitos ni asuntos de naturaleza civil. Así lo explica a IDEAL el jurista Ernesto Osuna, que ha intervenido en al menos una docena de asuntos en este órgano.
Los procedimientos que se siguen en este tribunal tienen una «fase de actuaciones previas, en las cuales no actúan los consejeros de cuentas directamente y en la que se hace una labor de instrucción y de preparación de la liquidación provisional que permite luego al consejero de cuentas saber si realmente se va a iniciar un procedimiento de jurisdicción contable contra la persona responsable de los fondos públicos que se considera, en el lenguaje contable, alcanzado«, añade.
Se llama alcanzado porque la persona en cuestión tiene «un alcance contable» por unas «cantidades no debidamente justificadas» durante su gestión de fondos públicos, al ser «custodia» por su cargo público de ese dinero. En ese procedimiento contable «interviene la fiscalía, que cuenta con una unidad en el Tribunal de Cuentas», especifica el letrado, que ha llevado numerosos asuntos contables relacionados con el Ayuntamiento de Marbella (Málaga) y actualmente es una de las defensas en el caso Nazarí (de naturaleza penal).
Como añade, la fiscalía puede, en caso de condena, trasladar el asunto a la vía penal si advirtiera indicios de delito (prevaricación, malversación de caudales públicos...) en las irregularidades contables juzgadas en el Tribunal Contable, algo que no ocurrirá tras esta sentencia de Villafranca porque el ministerio público ya formuló en su día una querella contra ella por el supuesto fraude de las audioguías. Esa querella es la que de hecho dio lugar a la causa penal que se está juzgando en estos días en la Audiencia Provincial de Granada y que sienta en el banquillo de los acusados a otros dos excargos de la Alhambra y a un empresario.
«Una vez que se finaliza la fase de actuaciones previas, se hace la liquidación provisional y, si se considera que hay indicios bastantes de que hay un alcance contable, se formula la demanda contra esa persona. En esa demanda pueden intervenir también particulares, por ejemplo partidos de signo contrario a esta persona«, aclara el experto.
Después de esa demanda, se celebra un juicio -el juicio contra Villafranca en el procedimiento contable tuvo lugar el pasado 16 de noviembre-, tras el que si se observa que ha habido menoscabo, se condena a la persona «alcanzada», y si no, se procede al archivo. En el caso de que se observe menoscabo, se procede a un procedimiento de apremio contra la persona condenada a fin de embargar sus bienes y así recuperar el dinero para las arcas públicas.
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